3031 - Crea el Museo de Artes Visuales en la Provincia del Neuquén. Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Gobierno nacional reglamentará lo relativo a la calidad del agua suministrada. El término también incluye a las personas que, de conformidad con la legislación de esa Parte, tengan el carácter de residentes permanentes en el territorio de la misma; Aprobación, 2686 Responsabilidad fiscal. Eximición de pago de impuestos, 2268 Defensa al consumidor. Subsecretaría de Salud, 2560 Censo provincial de agricultura bajo riego -CEPROAR-, 2559 Cuenca del Curi Leuvu. Prestar asistencia técnica, administrativa y financiera a los Territorios Indígenas certificados, cuando a ello haya lugar. La instancia colegiada estará conformada por 17 integrantes, así: * Un (1) representante del Presidente de la República. Artículo 67. 3238 Crea Centro de Atención a la Víctima. Modifica la ley 2680, 3058 Tránsito. Cuidado de salud propia e intercultural. Actividad Hidrocarburífera. Que el Ministerio de Educación Nacional haya aprobado el estudio de factibilidad presentado por el Territorio Indígena. Desafectación de lotes del dominio público, 2173 Turismo rural. Reintegro de recursos. Autorización, 2210 Contrato de préstamo con Estado Nacional. Presupuesto año 2009. Las acciones, la metodología y el término de duración de este plan de acompañamiento se concertarán con la autoridad indígena propia respectiva. En este documento se deben identificar, como mínimo, los siguientes aspectos: * Las necesidades de inversión de la comunidad. Exención a producción agrícola intensiva, 2550 Tribunal de Cuentas. Gratuidad. El presente decreto tiene por objeto crear un régimen especial con el fin de poner en funcionamiento los Territorios Indígenas respecto de la administración de los sistemas propios de los pueblos indígenas, conforme las disposiciones aquí establecidas, entre tanto se expide la ley de que trata el artículo 329 de la Constitución Política. Adhesión ley nacional 26835, 2861 Promoción y Difusión del Teletrabajo, 2860 Codigo Electoral Provincial. Funcionamiento de los Territorios Indígenas. Amparo. Las disposiciones establecidas en el presente decreto se aplican a los Territorios Indígenas. Prestación del servicio educativo en los resguardos no certificados. 10. Ejercicio financiero 2012, 2791 Presupuesto General Poder Judicial. Cementerio. Artículo 20. Una vez complementada la solicitud el Ministerio de Educación Nacional contará nuevamente con 15 días para verificar la documentación. Adhesión a ley nacional, 2439 Villa Pehuenia. Certificado de aptitud ambiental, 2599 Instituto de Seguridad Social del Neuquén. Radicada la solicitud, el DNP verificará que se hayan allegado los documentos que acrediten el cumplimiento de la totalidad de los requisitos que trata el artículo anterior dentro del mes siguiente a la presentación de la solicitud. Si el Ministerio de Educación Nacional, mediante acto administrativo debidamente motivado, determina que no es viable el estudio de factibilidad de la IES indígena, deberá resolver negativamente en el mismo acto los registros calificados que hayan sido solicitados. Modificación. Adhesión, 2456 Procedimiento administrativo. Para el ejercicio de las funciones públicas a las que se refiere el presente decreto, se tendrán en cuenta los criterios territorial, cultural y personal. 2963 Régimen Provincial de Hogares para Niñas, Niños y Adolescentes. Hospitales públicos. Parágrafo. 3048 - Establécese con el carácter de Fiesta Provincial a la Fiesta de la Confluencia. 8º de la Ley 2350, y 5º y 6º de la Ley 2526. Reglamentada por el DP 895/2017, 3021 Prisión Preventiva. 15. Dirigir, planificar y administrar el SEIP, en sus diferentes ciclos o niveles, de acuerdo con las particularidades de cada pueblo, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en el presente decreto. Modificación, 2416 Coparticipación federal de impuestos, 2414 Turismo. El griego es el idioma oficial y lengua mayoritaria de Grecia y Chipre.Como lengua minoritaria está presente desde hace más de dos mil años en el sur de Albania y en el sur de Italia.En Italia se encuentra en el sur de Apulia (en la Grecia Salentina), donde se habla el griko, y también en el sur de Calabria (en la Bovesia), donde se habla el grecánico. Muchos estados han establecido por ley agrupaciones económicas en el transporte motorizado sobre las autopistas. Para ello, el Incoder debe darle publicidad a la solicitud de puesta en funcionamiento del Territorio Indígena por medios adecuados para armonizar los derechos de las comunidades y de los terceros propietarios, poseedores y residentes en dichas áreas. Los Territorios Indígenas asumirán la competencia del manejo del riesgo en salud de acuerdo con el grado de desarrollo del SISPI, siempre y cuando cumplan con las condiciones y los requisitos que establezcan el Ministerio de Salud y Protección Social y la Subcomisión de Salud. Dicho porcentaje será consultado en la Mesa Permanente de Concertación Nacional con los Pueblos y Organizaciones Indígenas. Parágrafo 1°. EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Que la puesta en funcionamiento de los Territorios Indígenas supone, entre otras, la atribución de competencias en materia de salud y educación, agua potable y saneamiento básico, y el otorgamiento de los recursos necesarios para ejercerlas de manera directa, tal y como lo establecen el numeral 1 del artículo 25 y los numerales 2 y 3 del artículo 27 de la Ley 21 de 1991, mediante la cual se aprueba el Convenio número 169 de la OIT. Estructuras propias del SISPI. 2. Cuando el servicio público que se esté prestando en los territorios no atienda a los objetivos del sistema educativo indígena propio señalados en el artículo 40 del presente decreto. Se entenderá por procesos de educación propia el haber desarrollado las siguientes acciones: a) Construcción e implementación de metodologías pedagógicas y currículos de educación que sean propios del pueblo o los pueblos del Territorio Indígena que solicita la certificación; b) Diseño e implementación de Proyectos Educativos Comunitarios (PEC) o su equivalente, de acuerdo con las denominaciones particulares que cada pueblo indígena determine. Artículo 54. Desafectación de espacios verdes, 2405 Senillosa. Remuneraciones. Licitación, 2228 Convenio de cancelación de deudas. Posteriormente, el Ministerio de Educación Nacional dentro de los siete meses siguientes adelantará las acciones para verificar el cumplimiento de los requisitos por parte del Territorio Indígena. 15. Articular, orientar y relacionar el SEIP con los procesos y estructuras regionales, zonales y locales de gobierno propio para su fortalecimiento y el ejercicio de la autonomía de los Pueblos indígenas. Incremento de aportes personales. En un plazo de un año, el Gobierno definirá en el espacio de la mesa permanente de concertación, los aspectos necesarios para el monitoreo, seguimiento y control. A nivel de los Territorios Indígenas, las estructuras propias del SISPI se crearán con base en las estructuras de gobierno propio de los pueblos indígenas, para lo cual se tendrá en cuenta lo previsto en el presente Decreto y los criterios y requisitos que se concerten en la Mesa Permanente de Concertación con Pueblos y Organizaciones Indígenas. Preferencia modificado por Ley 3032, 2751 Instituto Provincial de Juezgos de Azar, 2750 Obra pública. Dirigir, planificar y administrar el SISPI en su territorio, conforme a sus compoÿ­nentes y de acuerdo a la particularidad de cada pueblo indígena. Este componente fortalece los procesos de planeación, organización, dirección, operación, evaluación, seguimiento y control del SISPI, de acuerdo con la cosmovisión de cada pueblo, para garantizar el derecho fundamental a la salud, e incidir en el mejoramiento continuo de la situación de salud comunitaria. Proyectos. Desafectación de lotes del dominio público, 2207 Investigación biomédica. Programa de asistencia financiera PROSUB NEUQUEN, 2400 IADEP. En dicho convenio estarán definidos aspectos relacionados con: 1. Artículo 83. Para efectos del registro y control, los Territorios Indígenas registrarán ante el Ministerio de Educación Nacional el acto de creación de la Institución de Educación Superior Indígena Propia que se cree conforme a lo dispuesto en este capítulo. Que con fundamento en el artículo 56 transitorio el Gobierno dictó el Decreto 1088 de 1993 "por el cual se regula la creación de Asociaciones de Cabildos y Autoridades Tradicionales" como un primer paso hacia el reconocimiento de los Territorios Indígenas. Edificio. Artículo 81. Fiscalía de Primera Instancia Rincón de los Sauces, 2847 Publicidad anti "Trata de personas" en el transporte interurbano, 2846 Ejecuciones hipotecarias. 2. Un documento que se enmarque en el plan de vida o su equivalente de cada pueblo, territorio o resguardo, conforme la ley de origen, derecho mayor o derecho propio respectivo. Las Entidades Promotoras de Salud e Instituciones Prestadoras de Salud, indígenas y no indígenas, garantizarán el suministro de la información administrativa, financiera, epidemiológica y de salud, a las autoridades de los Territorios Indígenas y a las instituciones de dirección, inspección, vigilancia y control. Convenio colectivo de trabajo, 2730 Neuquén Garantiza. PROGRAMA DE SANEAMIENTO FISCAL Y FINANCIERO. El funcionamiento y la oferta académica de las Instituciones de Educación Superior Indígenas Propias, deben cumplir con los parámetros del sistema de aseguramiento de la calidad establecido en la Ley 1188 de 2008, las normas que la complementen o sustituyan y en el SEIP. Cuenta maestra. Financiación del SISPI. Artículo 61. Poder Legislativo, 2661 Chos Malal. 2. Adquisición de productos no consumibles. Exención de impuestos. 2. Para efectos del presente decreto se reconoce a los Territorios Indígenas su condición de organización político administrativa de carácter especial, que les permite el ejercicio de las competencias y funciones públicas establecidas en el presente decreto, a través de sus autoridades propias. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Política, el Presidente de la República podrá delegar en el Ministro de Educación Nacional las funciones de inspección y vigilancia en lo que compete a las Instituciones de Educación Superior Indígena Propias, sin detrimento del ejercicio de las competencias atribuidas a las autoridades de los Territorios Indígenas. Programa de Promoción. 3. Municipalidad de Neuquén, 2833 Prohibición de la pirotecnia y cohetería en todo el territorio de la Provincia, 2830 CCT Subsecretaría de Obras Públicas, 2829 Violencia Familiar. En este mismo periodo y a falta de reglamentación, se aplicará la normatividad contenida en el Decreto 028 de 2008 en lo pertinente. Estrategias y acciones de Semillas de Vida. 7. En este sentido el Estado dispondrá los recursos para la cobertura de toda la población indígena del país, de manera gradual y progresiva; h) Coordinación: La administración de los sistemas propios de los pueblos indígenas regulados en este decreto y el cumplimiento de las consecuentes funciones públicas propias se hará de manera coordinada, concurrente y subsidiaria; i) Interpretación cultural: Cuando surja alguna duda sobre la interpretación de los términos utilizados en el presente decreto, su alcance, objeto, o efectos, se acudirá a las disposiciones constitucionales pertinentes, al pensamiento, lenguaje, ley de origen, Derecho Propio y Derecho Mayor de los diferentes pueblos. 4. Artículo 8°. 2978 Modificación de la Ley 2680 Código Fiscal, 2977 Establécese el Sistema de Historia Unificada Digital de Salud, 2976 Créase el Programa Provincial de Prevención, Detección y Control de Cáncer de Mama y Cáncer de Útero, 2974 Causas comprendidas en el Art. Artículo 26. Artículo 22. Con lo anterior el gerente del Incoder expedirá inmediatamente el acto administrativo de puesta en funcionamiento del Territorio Indígena sin perjuicio de los requisitos específicos establecidos en cada sector. Colegiación obligatoria, 611 Instituto de Seguridad Social del Neuquén, 482 Ley de Transporte de Pasajeros, Cargas y Encomiendas, 3049 Ley de Amparo. Policía del trabajo, 2198 Orgánica de Ministerios. Exención de impuestos, 2558 Impuesto inmobiliario. Autorización, 2273 Caviahue. La solicitud de aprobación del estudio de factibilidad de que trata el artículo anterior deberá estar acompañada con la solicitud de registro calificado de los programas académicos que pretenda desarrollar la IES indígena. Inversiones en el sector de agua potable y saneamiento básico. Con el fin de demostrar la capacidad para la administración del Sistema Educativo Indígena Propio en lo correspondiente o equivalente a los niveles de preescolar básica y media, se deberán cumplir con los siguientes requisitos: 8.1. ley 1284. Consejo de Educación, 2621 Reconversión productiva. Dentro del mes siguiente a la expedición de la certificación para la administración y ejecución de los recursos de que hace referencia el presente decreto, los Territorios Indígenas, Resguardos Indígenas Certificados, y Asociaciones de estos, deberán registrar ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las cuentas para el giro de los recursos, de conformidad con los requerimientos que para el efecto señale dicho ministerio. Artículo 43. Solicitud de la administración directa. Adhesion nacional, 2266 Promoción de actividad industrial. �C��n��B���2�+Z(��?�a�z�����[!�K�'�|���] l�[>a���7�V��Z4��Fm� 2786 Violencia de género.  Ley de protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. lista de entidades habilitadas y seleccionar operadores del Programa Nacional de Alimentación para el Adulto Mayor "Juan Luis Londoño de la Cuesta"-PNAAM-, para brindar complementación alimentaria a 214.933 adultos mayores en condiciones de extrema vulnerabilidad económica y social, en aras de Verificación de requisitos y habilitación. Cuando respecto de un área poseída de manera exclusiva, tradicional, ininterrumpida y pacífica por los pueblos, comunidades, o parcialidades indígenas que tenga un gobierno propio, se haya solicitado titulación como resguardo por las respectivas autoridades. Webeuropeos. Adhesión nacional, 2685 Iniciativa privada. Objeto. Un documento donde se acredite la experiencia y/o las buenas prácticas en la ejecución de recursos de cualquier fuente de financiamiento, de conformidad con los parámetros y con el procedimiento que defina el Gobierno, previa consulta con la Mesa Permanente de Concertación. Los recursos de las participaciones sectoriales, así como de la asignación especial del SGP, no harán unidad de caja con otros recursos que manejen los Territorios Indígenas, Resguardos Indígenas o de las asociaciones. Establecimientos privados. Las disposiciones especiales de apertura, manejo financiero, permanencia, cierre y liquidación de las estructuras propias de salud de los territorios se adoptarán con participación de los pueblos indígenas en la Mesa Permanente de Concertación Nacional con los Pueblos y Organizaciones Indígenas. Desafectación y transferencia de espacios verdes, 2397 Marcas y señales e identificación de ganado. Se entiende por experiencia en administración de recursos haber desarrollado las siguientes acciones: a) Suscripción y ejecución de contratos o convenios y/o proyectos que impliquen la ejecución de recursos públicos o privados; b) Haber ejercido la administración financiera de los recursos ejecutados en virtud del literal anterior; Los parámetros y el procedimiento para la valoración de las acciones señaladas en este artículo se establecerán en la reglamentación que para el efecto expida el ICBF, de conformidad con el SEIP. Para efectos de la aplicación del presente decreto se tendrán en cuenta las siguientes definiciones. Remuneraciones, 2507 Daños por granizo. La instancia colegiada de que trata este artículo es el órgano principal de dirección de la institución de educación superior indígena propia y comprende cuando menos a los componentes político organizativo, pedagógico y administrativo. 24 de marzo, 2570 Ministerio Producción y turismo. Transferencia de tierra, 2698 Jurado de enjuiciamiento. Modifica la ley 2680, 3122 Adhiere a la Ley Nacional 26689. 3. Así mismo, estos proyectos de inversión deberán estar incluidos en el contrato de administración celebrado con el respectivo municipio o departamento, en concordancia con la clasificación de gastos definida por el Estatuto Orgánico del Presupuesto. Modificación, 2125 Carta orgánica municipal de Cutral Có, 2121 Código Procesal Civil. Cuando el Territorio Indígena se encuentre ubicado en dos o más departamentos, los gobernadores de estos elegirán un representante conforme lo establezca la reglamentación que para el efecto expida la instancia colegiada de dirección de la Institución de Educación Superior Indígena Propia. Que a pesar de las gestiones del Gobierno, el Congreso goza de la suficiente libertad de configuración para abstenerse de ejercer la facultad otorgada en el artículo 329 de la Constitución. FvİsnEX����'���?�����N毌8��?�OybVBo`k� Modificación, 2707 Actividad farmacéutica. Modifica la ley 1875 (T.O. 8. Ley orgánica. Artículo 7°. TÍTULO 2. Destinación. Incorpora art. Autorización para ejercer docencia, 2180 Actividades profesionales. Regularización dominial. Definir los criterios y parámetros para la modificación de las plantas de personal de manera concertada en la Mesa Permanente de Concertación Nacional con los Pueblos y Organizaciones Indígenas. Adicionalmente, los Territorios Indígenas se encuentran inmersos en la causal consagrada en el numeral 29.3 del artículo 29 de la Ley 715 de 2001, cuando además se incurra en el reiterado incumplimiento de las obligaciones laborales de los dinamizadores del SEIP, cuya causa sea atribuible a la autoridad indígena propia. Modifica el Art. Secretaría de Biblioteca y Jurisprudencia del Poder Judicial. Las competencias de prestación del servicio podrán ser asumidas directamente por el Territorio Indígena con las estructuras propias de salud de propiedad de los Territorios Indígenas y de acuerdo con las normas vigentes que regulen el SGSSS y las formas propias del cuidado de la salud en el marco del SISPI. Competencias en salud de los Territorios Indígenas. Implementación, 2882 Reglamenta le Ejercicio de la Kinesiología, 2876 Código Procesal Civil y Comercial de la Pcia. 3. Dado en Bogotá, D. C., a 7 de octubre de 2014. 050-2008 de 18 de diciembre de … Para los efectos del desempeño de las funciones públicas y de la consecuente ejecución de recursos de que trata el presente decreto, los Territorios y Resguardos Indígenas que hayan sido autorizados para administrar recursos del SGP conforme a lo dispuesto por este decreto serán considerados entidades estatales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 80 de 1993. *��޴��k�6�zp�;�3�f�l��}|�ҭ)�È J�[Q��=�y �F&8뤀����6��ڼB���M;�����qx�T� �L�r a�TR�ͨj:���@�(ZSe{���3��7��8��eU�%��AG�j@�9�Ih�=����4����B��|�+?N|�9K�4D'�W�c���ف�x��Pf��,� �>! Competencias de los Territorios Indígenas. Prórroga de suspensión, 2590 Parque tecnológico provincial. Programa de asistencia financiera. Convenio. Producción doméstica. Lo anterior no implica un reconocimiento ni un desconocimiento de derechos de propiedad colectiva o individual sobre la tierra. Capitalizacion, 2259 Lloyds Bank (BLSA) 2. El Ministro de Salud y Protección Social. Las entidades públicas encargadas de este proceso de delimitación actuarán de manera coordinada y concurrente con las autoridades indígenas del respectivo Territorio Indígena. 4. * Esquema administrativo, organizativo y la relación de los dinamizadores responsables de la atención así como sus perfiles y roles. Requisitos para la habilitación. Características, tratamiento y uso, 2854 Presupuesto del Poder Legislativo año 2013 (a partir de la página 7), 2853 Presupuesto del Poder Judicial año 2013, 2852 Presupuesto General de la Aministracion Pública Provincial año 2013, 2851 Impuesto inmobiliario inmuebles rurales y subrurales. Las categorías de territorio que se enuncian en los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo podrán asociarse para la administración y ejecución directa de las funciones y asignaciones de participaciones sectoriales siempre que, una vez constituidas, acrediten los requisitos establecidos para cada sector en este decreto. El presupuesto anual de inversión deberá ser aprobado en Asamblea General o asambleas de los Territorios y/o Resguardos Indígenas convocada expresamente para estos efectos. Los compromisos que adquieran los Territorios Indígenas que administren la educación, cuando se adquieran con recurrecursos (sic) del SGP, no podrán superar el monto de la participación establecida en la respectiva vigencia fiscal. a la ley 1981 Reciprocidad: Es el proceso a través del cual se retribuye una acción con fundamento en las relaciones entre los seres humanos y espirituales que habitan el territorio, expresados en prácticas o rituales ancestrales, en los intercambios de saberes, la comunidad, y en todos los espacios de la vida, propendiendo por el cuidado de la salud como un derecho fundamental. Organización y dirección. Modificación, 2822 Registro Provincial de Prestadores de Servicios Domiciliarios. El Ministerio de Educación Nacional expedirá la certificación de que trata el artículo anterior a solicitud de la autoridad propia que represente legalmente al Territorio Indígena. Que el ejercicio de la facultad establecida en el artículo 329 de la Carta es la condición establecida explícitamente por el constituyente para el agotamiento de la facultad otorgada al Gobierno en el artículo 56 transitorio de la Constitución Política. Prórroga de la suspensión, 2793 Presupuesto General Poder Ejecutivo. Reestructuración, 2261 Banco Provincia del Neuquen. Es la estructura orgánica y política de los pueblos indígenas que promueve su gobernabilidad y autonomía en salud, desarrollando las decisiones de los diferentes espacios de participación del SISPI. Autorización, 2726 Cuencas hídricas. 3032 - Modifica varios Artículos de la Ley 2755 -Compre Neuquino-. Modificación, 2553 Legislatura. Generar condiciones pertinentes y adecuadas para el establecimiento del diálogo de saberes, prácticas y conocimientos, y para el reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural. Impulsar y consolidar los procesos de educación propia de acuerdo con las particularidades de cada pueblo. Cuando el trámite tenga asociado el cobro de una tasa autorizada por la ley, para la expedición del concepto por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública la autoridad deberá adjuntar, además de los documentos señalados en la ley, el estudio técnico que desarrolle el sistema y método para establecer la tarifa asociada a dicha tasa. Artículo 53. 3. Modificación, 2643 Ejecución de sentencias hipotecarias. Vale la pena aclarar, que este programa pasó a ser del Ministerio de Educación Nacional – MEN, pero el ICBF continuó operando en 8 regionales durante la vigencia 2014. 3045 - Proceso de consulta a las comunidades mapuche-mapuce de la Provincia, en los términos del Artículo 6º del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Aportar al fortalecimiento de la autonomía y de las estructuras de gobierno propio de los pueblos indígenas. 12. Código de aguas. Ordenamiento territorial, 2776 Programa de Desarrollo de la Cuenca Láctea. Modificación, 2767 Código de Faltas provincial. En este mismo caso y con el objeto de mejorar el control a los recursos de la asignación especial del Sistema General de Participaciones para los Resguardos Indígenas, el Gobierno Nacional fortalecerá la estrategia de monitoreo, seguimiento y control al SGP establecida por el Decreto 028 de 2008. Artículo 97. Que así lo reconoció la Corte Constitucional en el considerando 2.8.47 de la Sentencia C-489 de 2012 al pronunciarse sobre la constitucionalidad de la Ley 1454 de 2011, "por la cual se dictan normas orgánicas sobre ordenamiento territorial y se modifican otras disposiciones", cuando estableció que existe una omisión legislativa absoluta en relación con la creación de los Territorios Indígenas. Beneficio de litigar sin gastos, 2381 Empleado público. Generación, transporte y distribución, 2065 Beneficio de litigar sin gastos. Promoción, protección y conservación, 2211 Recursos coparticipación federal. Experiencia. Creación, 2743 Consejo provincial de adultos mayores. Identificación de la Autoridad Indígena Propia que será responsable de la implementación y ejecución del Sistema Educativo Indígena Propio en su jurisdicción, de acuerdo con lo establecido en la parte general de este decreto. Cumplida la etapa anterior, el Ministerio de Educación Nacional dentro de los quince (15) días siguientes solicitará a la entidad territorial certificada en educación donde se encuentre ubicado el Territorio Indígena que solicita la administración, los siguientes documentos: a) Relación de estudiantes matriculados en las instituciones oficiales de educación preescolar, básica y media que se encuentren ubicadas en el Territorio Indígena que solicita la administración; b) Relación de personal docente, directivos docentes y administrativos que laboran en dichas instituciones; c) Relación cíe las instituciones educativas debidamente registradas en el Directorio Único de Establecimientos, DUE, que se encuentran ubicados en el Territorio Indígena que solicita la administración. Ley orgánica. La puesta en funcionamiento de los Territorios Indígenas de que trata el presente decreto se refiere exclusivamente a la atribución de funciones y competencias político administrativas. Los Territorios Indígenas podrán ponerse en funcionamiento, de manera transitoria, de conformidad con las disposiciones del presente decreto, mientras el Congreso expide la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial que crea las entidades territoriales indígenas. Modificación, 2729 Autorización de endeudamiento. Modificación, 2503 Recursos genéticos y bioqúimicos. Mano de obra local. Los componentes de sabiduría ancestral y cuidado de la salud serán financiados con recursos del SGP para salud y del SGSSS. Creación, 2894 Dirección Provincial de Rentas. 6. La propuesta de administración de Semillas de Vida. FONDO DE INFRAESTRUCTURA CARCELARIA, FIC. 3015 Salud pública. Proceso y procedimiento administrativo. 2 0 0 0 0 00:00: ... si el niño o niña se beneficia de otro programa diferente a los del ICBF, indique cuál PADRE ... - Complementación alimentaria (MANA, ICBF, Comité … Archivos de información. En el sector de agua potable y saneamiento básico, los Territorios Indígenas financiarán, con cargo a los recursos de las transferencias del Sistema General de Participaciones de que trata el artículo 356 de la Constitución Política, las actividades previstas en el artículo 11 de la Ley 1176 de 2007. Artículo 51. Atención a la Primera Infancia en Territorio Indígena no habilitado. 2. Procedimiento para la certificación. Para ello se establecen las funciones, mecanismos de financiación, control y vigilancia, así como el fortalecimiento de la jurisdicción especial indígena; con el fin de proteger, reconocer, respetar y garantizar el ejercicio y goce de los derechos fundamentales de los Pueblos Indígenas al territorio, autonomía, gobierno propio, libre determinación, educación indígena propia, salud propia, y al agua potable y saneamiento básico, en el marco constitucional de respeto y protección a la diversidad étnica y cultural. Regulación, 2760 Presupuesto general de la Administración Pública, 2759 Presupuesto general Poder Legislativo. Modifica el CPPyC, 2858 Limita la oferta de sal en establecimientos gastronómicos públicos y privados, 2857 Crea el Registro de Cooperativas de Trabajo, 2856 Centros de Desarrollo Infantil. Certificado de Aptitud Ambiental. Inmuebles rurales. Alcance del ejercicio de competencias y funciones públicas. Fecha de Expedición: 07 de octubre de 2014, Fecha de Entrada en Vigencia: 07 de octubre de 2014, Medio de Publicación: Diario Oficial 49297 de octubre 7 de 2014. Que la Institución de Educación Superior cumpla sus funciones dentro del Territorio Indígena respectivo. En virtud de la certificación de que trata el presente artículo, los Territorios Indígenas ejercerán las competencias asignadas en este decreto en relación con la administración del Sistema Educativo Indígena Propio en lo correspondiente o equivalente a los niveles de preescolar, básica y media. Las obras de infraestructura destinadas para el suministro de agua potable y saneamiento básico que se ejecuten con cargo a los recursos del departamento y/o la Nación, dentro de la propiedad colectiva de los Territorios Indígenas o de los Resguardos Indígenas debidamente constituidos, les podrán ser entregadas a estos. Dicho Convenio. Artículo 86. Prorroga, 2919 Día de la Confraternidad Antártica, 2915 Remuneraciones del Poder Legislativo, 2914 Reconversión Productiva. Ampliación, 2403 IADEP. Difusión de sus derechos. Cuando no se presenten los documentos necesarios el DNP requerirá a la autoridad propia para que allegue los documentos faltantes dentro de los 15 días siguientes. Administrar, suministrar y responder por la información educativa relacionada con los respectivos Territorios Indígenas en condiciones de oportunidad, calidad y pertinencia, de acuerdo con la reglamentación que se expida para la materia. * Definición de las dinámicas, modalidades o formas de atención a implementar, según las particularidades de cada pueblo indígena. Adhesión a ley nacional, 2398 Buta Ranquil. Modificación, 2485 Presupuesto año 2005. Inembargabilidad de los bienes, 2566 Programa provincial de cuidados paliativos, 2565 DPVialidad. 5. Parágrafo 1°. Convenio Colectivo de Trabajo. Parágrafo. Pacto federal educativo, 2417 Código electoral provincial. La certificación de que trata el presente título solo será procedente una vez el Sistema Educativo Indígena Propio sea adoptado mediante las normas jurídicas correspondientes, para lo cual será proyectado en la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación de los Pueblos Indígenas (Contcepi), y consultado con las comunidades indígenas conforme a lo acordado en la Mesa Permanente de Concertación Nacional con los Pueblos y Organizaciones Indígenas. Modificación, 2675 Empréstito. El Estado garantizará en el marco del SISPI a los pueblos indígenas el acceso al cuidado de la salud sin costo alguno como un derecho fundamental. Modificación, 2617 Código Procesal Penal. 4. Mediante este componente se fomentará la formación integral de los actores, de acuerdo con las necesidades de los pueblos indígenas y del SISPI. Proveedores de productos y servicios. Artículo 63. Modificación, 2351 Banco Provincia del Neuquén. Contar con la o las actas de las asambleas comunitarias donde se autoriza expresamente a la autoridad propia para solicitar la administración de Semillas de Vida. Modifícase el artículo 2 de la Ley 65 de 1993, el cual quedará así: ARTÍCULO 2. Adhesión ley nacional, 2576 Armas de fuego. Consejo provincial de atención integral de la salud mental y adicciones, 2736 Veteranos de Malvinas. Eximición del pago, 2850 Instalación de carteleria alusiva a la Gesta de Malvinas, 2849 Creación Organismos judiciales. Villa La Angostura, 2517 Presupuesto Administración provincial, 2513 Ejecución de sentencias hipotecarias. Estatus sanitario de la producción porcina en el Territorio de la Provincia, 3130 Microcrédito. Registro, 2332 Transformación de los sectores públicos. Cesión y transferencia, 2221 Prestamo subsidiario "Caminos provinciales". Estas competencias se empezarán a ejercer a partir del momento en que el Gobierno nacional expida la reglamentación respectiva, y solo podrán ser ejercidas una vez se cumplan los requisitos establecidos en dicha reglamentación. 3042 Incorpora al Sistema Público Provincial de Salud (SPPS), como tratamiento, las especialidades cuyo principio activo sea el cannabidiol, para el tratamiento del síndrome de West, Dravet, Lenox Gasteauts y otras patologías. Es un espacio de orientación y administración de la información, los recursos físicos, territoriales, financieros, técnicos, tecnológicos y de talento humano para el buen funcionamiento del Sistema de Salud Propia e Intercultural, en coordinación, articulación y con la complementación con el SGSSS. S.M. Modif ley 611 y 1131, 1243 Servidumbre administrativa de electroducto, 1229 Comunicación entre tribunales Adhesión a la ley 22172, 1132 Régimen de legalización en la Provincia de Neuquén, 1131 Personal policial. Modifica la ley 2955, 2962 Poder Judicial. Ámbito de Aplicación. Municipio de tercera categoría, 2438 Villa La Angostura, Añelo y Buta Ranquil. Por el cual se crea un régimen especial con el fin de poner en funcionamiento los Territorios Indígenas respecto de la administración de los sistemas propios de los pueblos indígenas hasta que el Congreso expida la ley de que trata el artículo 329 de la Constitución Política. 2. Complementariedad terapéutica: El SISPI garantizará la integralidad en el cuidado de la salud a través de la medicina propia de los pueblos indígenas y de la que brinda el SGSSS, incluidas las medicinas alternativas incluidas dentro de este último, en una dinámica de diálogo y respeto mutuo. Definir, ejecutar y evaluar las políticas económicas, sociales, ambientales y culturales propias en el marco de los planes de vida, en los respectivos territorios dentro del marco de la legislación nacional, y conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad. 1 0 0 0 0 00:00:00. Parágrafo 2°. Las siguientes son las competencias de la Nación respecto del Sistema Educativo Indígena Propio en lo que corresponda o equivalga a los niveles de educación preescolar, básica y media. Licitación, 2370 IPVUN. . Creación, 1820 Emergencia económica Jubilaciones Código Fiscal Modificación, 1812 Carta orgánica municipal San Martín de los Andes, 1803 Carta orgánica municipal Plaza Huincul, 1784 Protección integral de la discapacidad Modificación, 1764 Abogados y procuradores Modificación, 1763 Ente provincial de agua y saneamiento -EPAS-, 1761 Ejercicio de la medicina. 2. Régimen de transición. Los recursos de la participación de educación, tanto de población atendida, población por atender y calidad, distribuidos a los territorios indígenas certificados con fundamento en el presente decreto, serán transferidos directamente a estos. Lunes a viernes, 8:00 am a 4:00 pm Jornada Continua, Programa de inducción y reinducción. Modificación, 2373 Ganadería ovina. ��� N _rels/.rels �(� ���j�0@���ѽQ���N/c���[IL��j���]�aG��ӓ�zs�Fu��]��U �� ��^�[��x ����1x�p����f��#I)ʃ�Y���������*D��i")��c$���qU���~3��1��jH[{�=E����~ Régimen especial, 2769 Desarrollo forestal de los perilagos. Jubilaciones y retiros voluntarios, 2021 Regimen de viviendas institucionales, 2009 Código Procesal Civil. Transferencia al Obispado, 2666 Locación seca, control de sólidos y tratamiento de lodos y cutting, 2665 Presupuesto Administración provincial, 2664. Modificación, 2481 Plan ganadero provincial. Modificación, 2384 Emergencia pública. Compensación, 2531 Contravenciones en espectáculos deportivos, 2530 Día del empleado de comercio. Modificación, 2027 Transporte de pasajeros, cargas y encomiendas. En virtud de lo anterior, el presente decreto dispone las condiciones generales con sujeción a las cuales los Territorios Indígenas, en los términos aquí señalados, ejercerán las funciones públicas que les son atribuidas, y administrarán y ejecutarán los recursos dispuestos para su financiación. 2. Equiparación jerárquica. Los parámetros y el procedimiento para la valoración de las acciones señaladas en este artículo se definirán en la reglamentación que para el efecto se expida en el marco del Sistema Educativo Indígena Propio. Prórroga de suspensión, 2540 Código Electoral y partidos políticos. Modificación de la adhesión nacional, 2302 Protección integral del niño y el adolescente, 2301 Impuesto inmobiliario. Censo poblacional. Modificación, 2841 Ley Orgánica de Ministerios de la Provincia del Neuquén. Modificación, 2591 Ejecución de sentencias hipotecarias. Respecto de la Asociación, el presupuesto será el consolidado de los presupuestos aprobados por los Resguardos Indígenas asociados. Desocupados. Beneficiarios. Ruinas de la mina de San Eduardo, 2606 Régimen de incentivos forestales. Reconocimiento, respeto y alcance de la Jurisdicción Especial Indígena. Artículo 17. Adhesión a ley nacional, 2577 Promoción industria de software. Paritarias. Modificación, 2806 Salud pública. Transferencia. Cada pueblo indígena diseñará las formas del cuidado de salud propia e intercultural en sus territorios para lo cual el Estado garantizará las condiciones financieras para su desarrollo, en coordinación, articulación y complementación con el Sistema General de Seguridad Social en Salud, bajo la rectoría del Ministerio de Salud y Protección Social, desarrollando los mecanismos para operar las formas del cuidado de la salud en el marco del SISPI de manera concertada. La interpretación del presente decreto tendrá como fundamento los siguientes principios: a) Autonomía y libre autodeterminación: Es el ejercicio de la ley de origen, derecho mayor o derecho propio de los Pueblos indígenas, que con fundamento en sus cosmovisiones les permite determinar sus propias instituciones y autoridades de gobierno, ejercer funciones jurisdiccionales, culturales, políticas y administrativas dentro de su ámbito territorial, el pleno ejercicio del derecho de propiedad de sus territorios y vivenciar sus planes de vida, dentro del marco de la Constitución Política y de la ley; b) Identidad Cultural: Es el reconocimiento de la cosmovisión de cada uno de los Pueblos Indígenas, como fundamento para comprender el orden de la naturaleza y establecer las formas de convivencia en ella; c) Reconocimiento de la diversidad étnica y cultural: Es aceptar, respetar y fortalecer la existencia de diversas formas de vida y sistemas de comprensión del mundo, de valores, diversidad lingÿ¼ística, formas de comunicación propias, creencias, actitudes y conocimientos; d) Territorialidad: Es la fuente desde donde se explica y comprende la integralidad de la vida de los diversos seres de la naturaleza, donde la tierra es la madre, la maestra, el espacio donde se vivencia la ley de origen, y está integrada por seres, espíritus y enerÿ­gías que permiten un orden y hacen posible la vida, de conformidad con las tradiciones culturales propias de cada pueblo; e) Unidad: Es el encuentro de pensamientos, la palabra, la acción, saberes ancestrales y experiencias comunitarias, que constituyen la legitimidad de las decisiones colectivas de los pueblos en todos los espacios autónomos de deliberación. Creación, 2819 Ley de desburocratización de trámites ante los tres Poderes del Estado, 2818 Proyectos de Desarrollo urbanísticos. Prevención. Modificación, 2913 Declara la Emergencia y Desastre Agropecuario de las explotaciones pecuarias de secano en los Dptos. 4. Prórroga, 2488 Convenciones colectivas de trabajo. 28514 del 12 de mayo de 2005 y sus modificaciones; (ii) vehículos usados y motores de vehículos usados, partes y repuestos en virtud del Decreto Legislativo No. Cuando se trate de un Territorio Indígena conformado por varios resguardos o áreas poseídas, el tiempo de experiencia en procesos de educación propia debe ser acreditado en cada uno de ellos. Provisión de la canasta educativa o equivalente en el marco del SEIP. Artículo 95. Centro de Diagnóstico, 2466 Restablece y modifica L.2191. Podrán distribuirse recursos de manera residual de acuerdo con los indicadores de pobreza DANE. Modificación, 2525 Condonación de deuda. Cambios de administración. 3003 Amplía hasta el 16-12-2017 el plazo previsto en el Art. El trámite de certificación del Territorio Indígena y de delimitación y puesta en funcionamiento del mismo podrán surtirse de manera simultánea. Cuando decida asumir las funciones y competencias públicas a que se refiere este decreto y administrar los respectivos recursos, la Autoridad Propia del Territorio Indígena presentará una solicitud ante la entidad pública competente acreditando los requisitos establecidos en el presente decreto para la asignación especial de SGP o para las participaciones sectoriales. a perfeccionar la transferencia a título gratuito del dominio de tierras fiscales a favor de la Fundación B.P.N. FAX: (+57) 601 7395657, www.funcionpublica.gov.co Modificación e incorporación de arts. Artículo 6°. Adhesión, 2135 Carta orgánica municipal de Chos Malal, 2129 Carta orgánica municipal de Neuquén, 2128 Fondo complementario de asistencia ocupacional, 2126 Pacto federal para el empleo. El presente decreto rige a partir de su expedición y deroga todas las normas que le sean contrarias. 2519 Valuación fiscal de inmuebles. Convenio Marco de Administración. Modificación, 2170 Impuesto inmobiliario. Orientar sus planes de vida de acuerdo con el derecho propio, la Ley de Origen o derecho mayor, así como los objetivos de inversión de los recursos que les correspondan para el cumplimiento de las competencias asignadas, de conformidad con lo decidido por la Asamblea Comunitaria o su equivalente, con el fin de lograr un buen vivir comunitario. Registro, 2393 Mejoramiento de barrios. DECRETO 1953 DE 2014 (Octubre 7) (Ver Decreto 1893 de 2021). Convenio Colectivo, 2893 Ley Orgánica Del Ministerio Público Fiscal, 2892 Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa, 2890 Consejo Provincial de Educación. 4. Adhesión nacional, 2285 Salud sexual y reproductiva. 56 de la Ley 2981. * Los Proyectos de inversión cuando haya lugar. Promoción y regulación. Retribución. Estos fondos se regularán en lo pertinente por lo establecido en los artículos 11 a 14 de la Ley 715 de 2001 y en el Decreto 4791 de 2008, o por las normas que los modifiquen o lo sustituyan. 6. A cada Territorio Indígena certificado se le distribuirán los recursos de población por atender o población que no está siendo atendida en el marco del SEIP, en la medida en que haya los recursos disponibles en el SGP. 6. Artículo 48. Darse sus estructuras de gobierno propio y de coordinación para efectos del desarrollo de sus respectivas competencias. Modifica art. Artículo 42. De manera concertada con los pueblos indígenas, en los espacios correspondientes definir, diseñar y establecer instrumentos y mecanismos para el logro de los objetivos del Sistema Educativo Indígena Propio. Modificación, 2407 Rincón de los Sauces. Presupuesto anual. En relación con el control, se adoptarán las medidas que garanticen el cumplimiento de los objetivos establecidos en los respectivos planes de vida y en los sistemas propios de los pueblos indígenas, de acuerdo con lo establecido en este decreto, la ley de origen, derecho propio y derecho mayor. Que en virtud de lo anterior, el Gobierno se encuentra realizando un proceso de consulta previa sobre un proyecto de ley que regula la puesta en funcionamiento de los Territorios Indígenas, el cual será presentado posteriormente al Congreso. La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) fijará las políticas y planes de provisión alimentaria que podrá ser por administración directa o por contratos con particulares. complementación alimentaria mediante un desayuno o un almuerzo escolar, obteniendo un cumplimiento de 102% respecto a la meta establecida. Autorización, 2209 Banco Provincia. Adhiere a la LN 25965, ... 2588 Trastornos de la conducta alimentaria. Poder Judicial. Parágrafo 1°. 7. Una copia de las actas donde conste la designación del Consejo Indígena o estructura colectiva similar de gobierno propio y del Representante Legal, debidamente registrados ante el Ministerio del Interior. Jubilaciones, pensiones y retiros, 2030 Fondo para el desarrollo provincial. Proveedores de productos y servicios. Cuando varios Resguardos Indígenas o áreas poseídas se asocien y constituyan un Territorio Indígena para el cumplimiento del requisito establecido en el numeral anterior, en la propuesta se deberán establecer los mecanismos que garanticen la identidad cultural y el respeto a las estructuras político-organizativas y de gobierno propio de los asociados. Artículo 21. Parágrafo 2°. Denuncia de convenio, 2532 Veteranos de Malvinas. Ley de Remuneraciones. Para los efectos del presente decreto, en el traslado de funciones y recursos del ICBF a los Territorios Indígenas habilitados se entiende que los componentes de educación inicial y cuidado a niños y niñas hasta los cinco (5) años, en el marco de la atención integral a la primera infancia, se trasladará a sus equivalentes o correspondientes en Semillas de Vida, según lo establecido por el respectivo pueblo indígena. Incremento de cargos, 2457 Registro nacional de donantes de células. El Incoder debe responder dentro de los diez (10) días siguientes al recibo de la solicitud de delimitación por parte de la entidad, fijando la fecha en que se va a iniciar el procedimiento de delimitación. 5. Sustituye el texto de la ley 2212 y sus modificatorias, 2784 Código Procesal Penal de la Provincia de Neuquén, 2783 Remuneraciones. Adhesión a ley nacional, 2167 Obras de abastecimiento de agua y de desagües cloacales. Objetivos del Sistema Educativo Indígena Propio. Tampoco se requerirá que estos estén claramente delimitados cuando se trate de resguardos constituidos por el Incora o el Incoder que solamente soliciten la administración y ejecución directa de los recursos de la asignación especial del Sistema General de Participaciones (SGP), toda vez que para efectos de la distribución de estos recursos la población beneficiaria será la certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Ley 25.761, adhesion, 2744 Centro de Investigación y extensión Forestal Andino Patagónico. Tratado. Desarrollo rural de la Patagonia, 2673 Neuquén Garantiza. * Un (1) representante de los dinamizadores que tenga rol de docente en la Institución de Educación Superior Indígena Propia. Publicación de sus fotografías, 2626 Pode Ejecutivo. Los procesos tendrán dos instancias a menos que la ley establezca una sola. Modificación, 2458 Poder Judicial. Creación incentivo, 2479 Alumnas embarazadas. Programa de asistencia financiera PRONEU, 2401 IADEP. Delimitación, Censo Poblacional y puesta en funcionamiento de los Teÿ­rritorios Indígenas. 3019 Autismo (TEA) Modifica Ley Nº 2980. Baston Verde. Monto máximo de los compromisos. Artículo 79. Con relación a los bienes y servicios adquiridos con cargo a los recursos de la asignación especial del Sistema General de Participaciones para los Resguardos Indígenas, los alcaldes o gobernadores deberán establecer los debidos registros administrativos especiales e independientes para oficializar su entrega a las autoridades indígenas. Los recursos de la participación para educación del Sistema General de Participaciones que se transfieren a los Territorios Indígenas se destinarán a financiar lo correspondiente y equivalente a los niveles de educación preescolar, básica y media, y de manera prioritaria a: 1. EPCAPP. Presentación de la solicitud ante el Ministerio de Educación Nacional, la cual deberá contener los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 51 del presente decreto. Eximición de pago, 2440 Pueblos originarios. LOS DATOS PROPORCIONADOS SERÁN TRATADOS DE ACUERDO A LA POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES DEL ICBF Y A LA LEY 1581 DE 2012. Las siguientes son las competencias en materia de salud que se les atribuyen a los Territorios Indígenas: 1. 1. WebCuando el trámite tenga asociado el cobro de una tasa autorizada por la ley, para la expedición del concepto por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública la autoridad deberá adjuntar, además de los documentos señalados en la ley, el estudio técnico que desarrolle el sistema y método para establecer la tarifa asociada a dicha tasa. Ejercicio financiero 2011. Programa de asistencia financiera, 2620 Microcrédito. Modificación, 2780 Bosques nativos. Adhesión al Código ético mundial para el turismo, 2412 Dirección general de industria y comercio. Ley Nacional 26588. del Nqn., a niños, niñas y adolescentes albergados en instituciones por orden judicial. Artículo 24. En aquellos casos en que el Territorio Indígena que se solicita poner en funcionamiento recaiga total o parcialmente sobre áreas que se encuentren en posesión de las comunidades indígenas, o sobre resguardos de origen colonial y republicano, la solicitud de las autoridades indígenas para la puesta en funcionamiento del respectivo Territorio Indígena, requiere que se lleve a cabo un procedimiento de delimitación y de censo poblacional del territorio por parte del Incoder. 5. Modificación, 2473 Servidumbre administrativa de electroductos, 2469 Impuesto Inmobiliario. Proveedores de productos y servicios. De las Instituciones de Educación Superior Indígenas Propias. Aprobación, 2422 Gas natural comprimido (GNC) 2018, 3154 Defensa del Consumidor. Administrar los espacios educativos definidos en el componente pedagógico del SEIP donde se registre la matrícula de población atendida, en lo correspondiente o equivalente a los niveles de educación preescolar, básica y media. Requisitos. Definir, adoptar, adaptar y ejecutar acciones en Salud Pública, en coordinación y articulación con el Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo con las normas que se expidan en el marco del SISPI y del SGSSS, previa certificación en salud. Pcial. Negociaciones colectivas, 2668 Agua potable y saneamiento. Accesibilidad: El SISPI, en articulación, coordinación, y complementación con el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), garantiza el cuidado de la salud de manera oportuna, adecuada, eficiente e integral como un derecho fundamental individual y colectivo de los pueblos indígenas, en armonía con el territorio y la cosmovisión de cada uno de ellos. Autorización, 2701 Gas licuado envasado. Centro Empleados de Comercio con EPAS, 2524 Especies vegetales en espacios públicos. Fortalecer la construcción de un Estado pluriétnico y multicultural. Programa compensador, 2505 Títulos de deuda para el desarrollo provincial, 2504 Transferencia de inmuebles al Ejército. Desafectación de inmuebles del dominio público, 2171 Fondo complementario de asistencia ocupacional. Modificación, 2310 Estatuto de la region de la Patagonia, 2309 IADEP. Definición del Sistema Indígena de Salud Propio Intercultural (SISPI). Reglas particulares. Artículo 19. Los recursos distribuidos por concepto de gratuidad serán girados directamente por la Nación a los Fondos de Servicios Educativos de los espacios educativos definidos en el componente pedagógico del SEIP donde se reporte la matrícula. La Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías del Ministerio del Interior, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y las autoridades sectoriales correspondientes, brindarán la asistencia técnica a las autoridades propias de los Territorios Indígenas, a los resguardos indígenas y a sus asociaciones para el cumplimiento de las funciones y la administración de los recursos a que hace referencia el presente decreto. Transporte turístico terrestre. La ley de rendimientos crecientes afirma que los gastos no se Fondo estímulo de agua. Prórroga, 2290 Centenario. 6. 11. En cualquier caso, el presupuesto deberá aprobarse a más tardar el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, conforme el principio de anualidad previsto en el Estatuto Orgánico de Presupuesto. Ejercer las competencias y derechos establecidos en este decreto, conforme con la Constitución Política, la legislación nacional e internacional que hace parte del bloque de constitucionalidad, la ley de origen, el derecho mayor o derecho propio. 3. Adhesión a ley nacional, 2378 Jubilación magistrados y funcionarios. Convenio Colectivo de Trabajo, 2942 IPPVU-ADUS. Este proceso integral involucra el conjunto de derechos, normas, instituciones, procedimientos y acciones que garantizan el derecho fundamental a la educación indíÿ­gena propia e intercultural, el cual se desarrolla a través de los componentes político-organizativo, pedagógico y administración y gestión, los cuales serán regulados por las correspondientes normas. Las condiciones para el seguimiento técnico, administrativo y financiero de las acciones derivadas del convenio marco. 6. @p!�n�8{�ZD%���a�\w~!$�jb��UD��.W.�[��_P����,���{v�y��ɏ'� �� PK ! Son beneficiarios de los recursos de la asignación especial del SGP los Resguardos Indígenas legalmente constituidos y reportados por el Ministerio del Interior al DANE y al Departamento Nacional de Planeación (DNP), en el año inmediatamente anterior a la vigencia para la cual se programan los recursos. medida: cualquier ley, reglamento, procedimiento, disposición o práctica, entre otros; nacional: una persona física o natural que tiene la nacionalidad de una Parte conforme al anexo 2-01. * Un (1) representante de los dinamizadores con rol de estudiante. Modificación, 2323 Impuesto inmobiliario. Ampliación del monto, 2740 Títulos de cancelación de pasivos (TICAP), 2738 Tabaco. Modificación, 2001 Código Procesal Civil Modificación, 1997 Tránsito y transporte. En cualquier caso la población matriculada no podrá ser inferior a ocho mil (8.000) estudiantes. El SISPI se articula, coordina y complementa con el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), con el fin de maximizar los logros en salud de los pueblos indígenas. La administración y ejecución de los recursos a que hace referencia el presente decreto por parte de los Territorios y Resÿ­guardos Indígenas y asociaciones de estos últimos, se hallan sujetos a la aplicación de la Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control Integral del gasto que se realice con los recursos del Sistema General de Participaciones. Los datos de contacto del representante legal. Información básica sobre el resguardo: 2. Préstamos. Sin embargo, para efectos de expedir el acto administrativo de habilitación por parte del ICBF previamente deberá acreditarse la expedición del acto administrativo de puesta en funcionamiento del Territorio Indígena correspondiente, expedido por el Gerente del Incoder. Los operadores jurídicos deben reconocer y respetar la facultad que tienen las autoridades de los pueblos indígenas dentro de su ámbito territorial para establecer sus propias normas jurídicas de conformidad con la ley de origen, el derecho mayor y el derecho propio, y para ejercer de manera preferente la propia jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política, la ley, y la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Artículo 49. 2. 3049 Ley de Amparo. Que aun cuando la iniciativa legislativa del gobierno no puede entenderse supeditada a lo dispuesto por el legislador en el mencionado parágrafo de la Ley 1454 de 2011, el Gobierno entiende que la puesta en funcionamiento de los Territorios Indígenas es fundamental para el desarrollo de la autonomía de los pueblos y comunidades indígenas. Además de la regulación gubernamental, la industria del transporte está sujeta a ciertas leyes económicas. Modif. Código Procesal Penal de la Provincia del Neuquén. Artículo 78. Para la creación de las instituciones de educación superior indígena propias se deberán cumplir los siguientes requisitos: 1. Su objeto se enfoca a orientar y fortalecer la implementación integral del sistema. 3028 - Exime del pago del Impuesto Inmobiliario correspondiente a los Períodos Fiscales 2016 a 2019, a los inmuebles rurales y subrurales dedicados a la producción agrícola intensiva bajo riego en actividad. Parágrafo. Parágrafo. Créditos hipotecarios. Resolución 592), 2755 Compre neuquino. Así mismo, cuando se trate de Resguardos Indígenas deberá acreditarse la culminación del trámite para la administración directa de los recursos de la asignación especial del SGP ante el Departamento Nacional de Planeación. Además de lo anterior, los programas académicos que ofrezcan y desarrollen se sujetarán a las condiciones de calidad previstas en la Ley 1188 de 2008 y el Decreto número 1295 de 2010, teniendo en cuenta adicionalmente los objetivos del SEIP establecidos en este decreto. Cuando los Territorios Indígenas requieran celebrar contratos con las asociaciones de cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas constituidos bajo lo dispuesto en el Decreto 1088 de 1993, la modalidad de selección se surtirá de acuerdo con lo establecido en el literal c) del numeral 4 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007.
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