4.1. premisas que establece previamente el Juez en su decisión; y, por otro lado, cuando existe incoherencia narrativa, que a la postre se presenta como un, discurso absolutamente confuso incapaz de transmitir, de modo coherente, las, razones en las que se apoya la decisión. WebEl caso “Giuliana Llamoja”, ha marcado un hito en la historia, casuística y doctrina del derecho procesal penal y constitucional peruano, sentando precedentes en teorías y … Lima, Pucp, 2018, p.24. En el caso de autos, el recurso de casación enfatiza en que las sentencias de primera y segunda instancia no concluyeron en la causa de la muerte de la agraviada. DISPUSIERON la inmediata libertad de Dennis Alexander Sifuentes Bernal, siempre que no pese en su contra orden de detención emanada de autoridad competente. WebEl estándar de motivación según el Tribunal Constitucional. Reforma, 2010, pp. I. DECLARARON FUNDADO el recurso de casación excepcional interpuesto por la defensa del procesado Dennis Alexander Sifuentes Bernal, por la causal prevista en el numeral 4, del artículo 429, del Código Procesal Penal, por ilogicidad en la motivación. La mayor colección digital de laProducción científica-tecnológica del país. 2 Fundamento jurídico sexto. Se trata, en ambos casos, de identificar el ámbito constitucional de la debida motivación mediante el control de los argumentos utilizados en la decisión asumida por el Juez o Tribunal; sea desde la perspectiva de su corrección lógica o desde su coherencia narrativa. d) La existencia de un consenso general de la comunidad científica interesada.12, 5.4.3. c. También son fundamentales en la identificación de aspectos relacionados a los ataques de naturaleza sexual, como lo reconoce el Acuerdo Plenario N.° 1-2011/CJ-116: apreciación de la prueba en los delitos contra la libertad sexual. b) Falta de motivación interna del razonamiento. … Si un Juez al fundamentar su decisión: 1) ha establecido la existencia, de un daño; 2) luego, a llegado a la conclusión de que el daño ha sido causado, por "X", pero no ha dado razones sobre la vinculación del hecho con la, participación de "X" en tal supuesto, entonces estaremos ante una carencia de, justificación de la premisa fáctica y, en consecuencia, la aparente corrección, formal del razonamiento y de la decisión podrán ser enjuiciadas por el juez, [constitucional] por una deficiencia en la justificación externa del razonamiento, Hay que precisar, en este punto y en línea de principio, que el hábeas corpus no puede reemplazar la actuación del juez ordinario en la valoración de los medios de prueba, actividad que le corresponde de modo exclusivo a éste, sino de, para respaldar el valor probatorio que se le confiere a determinados hechos; bien, tratándose de problemas de interpretación, para respaldar las razones jurídicas, que sustentan determinada comprensión del derecho aplicable al caso. SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. 4.2. Con relación al caso Llamoja, debemos partir del análisis principal de la sentencia 00728-2008-PHC/TC, caso Giuliana Llamoja Hilares, expedida por el … El padre de la agraviada se constituyó en actor civil y solicitó una reparación civil de seiscientos mil soles por daño emergente, lucro cesante, daño moral y daño a la persona. 5.3.1. Lo que pretendemos es hacer notar que el juez, aun cuando es soberano de la prueba, debe tener en claro que los conocimientos científicos aportados por otras ciencias no pueden ser valorados de manera superficial o desestimadas con argumentos personales sin fundamentos técnico. Si el control de la motivación interna permite identificar la falta de corrección lógica en la argumentación del juez, el control en la justificación de las premisas posibilita identificar las razones que sustentan las premisas en las que ha basado su argumento. 5.1.2. Cohecho : Indebida valoración de los elementos de convicción para imponer prisión preventiva. Ello fue objeto de cuestionamiento en el recurso de apelación (folio 626 del cuaderno de debate), y sobre el particular, la sentencia de vista (folio 728 del cuaderno de debate) abordó lo relativo a las causas de la muerte con los siguientes argumentos: “La teoría del Ministerio Público se elabora a partir de la emisión de un diagnóstico médico del Instituto de Medicina Legal, órgano de apoyo del propio Ministerio Público, a quien se recurre con la finalidad de adquirir certeza, mas este no puede privilegiarse hasta el extremo de descartar las demás evidencias recabadas en la investigación preliminar y preparatoria”. b. Protocolo de Necropsia N.° 0050-2010, del once de septiembre de dos mil diez, documento elaborado por el médico legista Juan Alberto Saavedra Céspedes, quien concluye como causas de muerte las siguientes: i) Edema cerebral-pulmonar; ii) Congestión multiorgánica; iii) Hiperactividad colinérgica; iv) Intoxicación por envenenamiento. Para ello, es importante el análisis primero individual de cada medio de prueba para luego efectuar la valoración conjunta o global. No se han valorado adecuadamente las pruebas indiciarias, específicamente la prueba pericial, con la consecuencia ausencia de razonamiento, motivación y argumentación; errores que se volvieron evidentes a medida del desarrollo del proceso penal, resultando en la nulidad de la ejecutoria suprema y fundado en parte la demanda de Habeas Corpus. Ahora bien, Vásquez Rojas precisa, además, que existe un problema al trasplantar esos criterios de la etapa de admisión (para la cual fueron concebidos, dadas las características del sistema estadounidense) a la etapa de valoración propiamente dicha. Cuando ello sucede y no es posible contar con medios probatorios que permitan identificar no solo la escena del crimen, sino también la identidad del autor material de este, los indicios constituyen un mecanismo idóneo para la obtención de la verdad en el contexto del suceso histórico postulado por la Fiscalía, En materia probatoria los hechos se prueban de dos formas: a través de la prueba directa (corroborada periféricamente) y, ante la ausencia de esta, por indicios, a través del método probatorio indiciario, el cual, como sostiene Miranda Estrampes “[…] responde a una sistemática y estructura […] de cuyo cumplimiento estricto depende su propia validez y eficacia probatoria”, La forma en que se concibe este método evidencia un nivel de exigencia superior al de la prueba directa. WebSegún la demanda de hábeas corpus de autos, el objeto es que este Alto Tribunal declare: i) la nulidad de la sentencia condenatoria de fecha 26 de julio de 2006, y su confirmatoria … Como se advierte del cuadernillo formado a esta instancia, el diecinueve de junio de dos mil diecinueve se puso a disposición del órgano jurisdiccional a Dennis Alexander Sifuentes Bernal, siendo internado a efectos del cumplimiento de la pena (folio 175). e. Dictamen pericial N.° 2010004007527, del cuatro de noviembre de dos mil diez, elaborado por la patóloga forense Kelma Malpartida de la Cruz, cuyo diagnóstico histopatológico es como sigue: i) cerebro: edema parenquimal; ii) pulmón: edema alveolar, hemorragia multifocal, antracosis; iii) útero y anexos: gestación del I trimestre y endometritis aguda (folio 61 del expediente judicial). Abstract: El caso “Giuliana Llamoja”, ha marcado un hito en la historia, casuística y doctrina del … • 1994: Mala motivación, legalismo. IV. Hay que precisar, en este punto y en línea de principio, que el hábeas corpus no puede reemplazar la actuación del juez ordinario en la valoración de los medios de prueba, actividad que le corresponde de modo exclusivo a éste, sino de controlar el razonamiento o la carencia de argumentos constitucionales; bien para respaldar el valor probatorio que se le confiere a determinados hechos; bien tratándose de problemas de interpretación, para respaldar las razones jurídicas que sustentan determinada comprensión del derecho aplicable al caso. Webse describirÁ el fundamento de anÁlisis del tc - caso llamoja Nº 1744-2005-PA/TC, este Colegiado Constitucional ha precisado que el contenido constitucionalmente garantizado de este derecho queda delimitado, entre otros, en los siguientes supuestos: a) Inexistencia de motivación o motivación aparente. De acuerdo a los elementos de convicción, se evidencia que el miércoles ocho de septiembre de dos mil diez, testigos advirtieron que cuatro personas cargaban un costal grande de color azul en el paradero denominado López, y entre ellos reconocieron plenamente al ahora acusado Dennis Alexander Sifuentes Bernal quien iba acompañado de una mujer, por lo que, se deduce que la agraviada fue agredida en otro lugar y posteriormente su cuerpo fue arrojado en el lugar denominado “Callejón Ragra” (parte superior), a unos quinientos metros del paradero antes mencionado. (…). 4.3. EL DERECHO A LA VIDA Y LA NECESIDAD DE ESTABLECER LA CAUSA DE LA MUERTE, ASÍ COMO LA DETERMINACIÓN DE ESTA CON BASE EN LA PRUEBA CIENTÍFICA (PRIMER TEMA). Además, como indicamos, es fundamental esclarecer aquello que produjo la muerte y, por excelencia, es imprescindible conocer no solo las razones que se expresan en un certificado de necropsia, sino también, de aquellas ciencias auxiliares a las que se recurrió para esclarecer las causas que provocaron la muerte, Al abordar lo relativo a la muerte, la Sala Superior concluye que esta se produce por mano ajena –lo que no es objeto de análisis definitivo a esta instancia–, y en lugar de aclarar las deficiencias en la motivación sobre la prueba científica en que incurrió la sentencia de primera instancia, señala con poca claridad que, considerando que no se ha descartado la asfixia (atendiendo que el acta de levantamiento del cadáver describe lesiones en el cuello), esta sería la causa de muerte. En el presente caso se ha vulnerado el derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, porque la sentencia condenatoria emitida con falta de valoración probatoria y motivación no resiste al canon de control constitucional (razonabilidad, coherencia y suficiencia), a la vez que falla en la corrección lógica, coherencia narrativa y justificación externa, precisamente por el defecto de motivación inicial, lo que lo convierte en una sentencia arbitraria e inconstitucional contrario al principio de Debido Proceso Legal y la Tutela Judicial Efectiva, lo que se vincula de manera directa con el principio de presunción de inocencia e indubio pro reo, ya que la motivación indebida genera dudas sobre los hechos. (Énfasis nuestro). En consecuencia, y, sin reenvío, NULA la citada sentencia de vista, y actuando en sede de instancia (como Tribunal de Apelación) declararon NULA la sentencia de primera instancia de veintisiete de diciembre de dos mil dieciséis, ORDENARON nuevo juicio oral por otro juzgado y que se emita nueva sentencia debidamente motivada, teniendo en consideración los fundamentos de la presente ejecutoria. En el informe se establece como objetivo de la investigación, determinar si: Procede el Hábeas corpus contra resoluciones judiciales firmes que resuelven sentencia condenatoria por falta de valoración probatoria y motivación de la sentencia, así como si se vulneraron el derecho al debido proceso, la tutela judicial y el empleo de la prueba pericial para motivar la sentencia, analizando las siguientes instituciones, doctrina y teorías jurídicas: debido proceso, tutela judicial efectiva, motivación escrita de resoluciones, teorías de la argumentación jurídica, la prueba penal y la prueba indiciaria. “[…] pese a que la ropa de la occisa presentaba restos de sangre en la entrepierna de los pantalones y la trusa, habiendo sostenido en la audiencia el médico legista que necesariamente ha existido un aborto y habiéndose determinado que la occisa se hallaba en el primer trimestre de gestación, que el embrión ha sido extraído y que presentaba una incipiente infección, sin embargo, en el dictamen de necropsia no se detalla al respecto ni se descarta que existió un aborto practicado y una posterior infección que podría haber desencadenado la muerte, y en todo caso, de no ser ello así, esto es que la mala praxis del aborto no desencadenó la muerte, no se ha considerado como un delito independiente ni en la formalización de la investigación preparatoria; evidenciándose una omisión de parte de los operadores, que finalmente ha conllevado a subsumir la conducta en el delito de homicidio simple […] sin tener en cuenta la forma y circunstancias en que la agraviada fuera objeto primigenio, concomitante o posterior a su muerte, de la extracción del embrión que llevaba en su vientre. WebCorte Suprema fija supuesto sobre la motivación aparente El juez que se sustenta en declaraciones y omite otras pruebas incurre en esta situación. diferenciándose en ésta última dos posibilidades: la motivación aparente8 y la motivación defectuosa en sentido estricto.9 ... 10 Sentencia del Tribunal Constitucional: Exp. El análisis sistemático del delito obliga a determinar que toda acción u omisión sea sometida a los criterios de análisis de la teoría general aceptada. De lo anterior deriva la exigencia que en etapas incipientes de la investigación de naturaleza penal, y con mucha más razón dentro del proceso instaurado, se esclarezcan las circunstancias que determinaron la muerte de una persona. 5.4.4. 5 LANDA ARROYO, César. Ejecución de Garantías 18-08-2000. Finalmente, no se ha tenido en consideración que la imputación fiscal atribuyó al acusado un homicidio por envenenamiento, conden. WebInforme sobre Expediente N°00728-2008-PHC/TC LIMA, Sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de octubre de 2008, caso Giuliana Llamoja Descripción del Articulo. 16 MIRANDA ESTRAMPES, Manuel. motivacion cualificada. INTRODUCCIÓN. 00677-2016-PA/TC, El caso “Giuliana Llamoja”, ha marcado un hito en la historia, casuística y doctrina del derecho procesal penal y constitucional peruano, sentando precedentes en teorías y jurisprudencia sobre “motivación de las resoluciones judiciales” “argumentación jurídica” y “prueba indiciaria”, siendo el caso que, hasta hoy en día, es empleada y comentada para el análisis de cualquier resolución, discusión o teoría jurídica en la especialidad de derecho penal y derecho procesal penal. La víctima fue encontrada el viernes diez de septiembre de dos mil diez en estado de putrefacción, presentaba excoriaciones en el cuello y en la región dorsal lado derecho e izquierdo. La sentencia de segunda instancia confirmó la recurrida, en consecuencia, mantuvo vigente la orden de captura del acusado (folio 708 del cuaderno de debate). 2014, p. 6. Según el TC, el derecho a la motivación de las resoluciones administrativas consiste en el derecho a la certeza, que supone la garantía de todo administrado a que las sentencias estén motivadas, es decir, que exista un razonamiento jurídico explícito entre … d. Informe N.° 006-2013-MP-IML/DML PASCO, del ocho de abril de dos mil trece, elaborado por el médico legista Juan Alberto Saavedra Céspedes, a través del cual informa que el servicio de toxicología forense, el veintiocho de octubre de dos mil diez, le remitió los siguientes dictámenes: 20100022069907, 2010002069908, 2010002069909, 2010002069910, 2010002069911 y 2010002069912, donde concluyen que los resultados fueron negativos para todas las sustancias objeto de estudio. Nº 3943-2006-PA/TC y antes en el voto singular de los magistrados Gonzales Ojeda y Alva Orlandini (Exp. 1. El artículo en mención constituye el tipo básico de catálogo de delitos contra la vida y regula la sanción de aquellos que dolosamente se determinan a atentar u ocasionar la muerte de otra persona, sea mediante acción u omisión. Pero antes de eso hay que conocer y determinar que estos tienen las credenciales necesarias para peritar en el caso concreto. Luego de que la agraviada falleció, con la finalidad de ocultar el móvil por el cual la victimó, recurrió a la ayuda de una tercera persona (con conocimientos de obstetricia y aún no identificada), para retirar el feto del cuerpo de la agraviada, a efectos de ocultar el móvil del crimen. Nº 00728-2008-PHC/TC by Erick on Scribd. Derecho a la verdad en las Américas. En la misma línea de razonamiento, esta Corte Suprema en la Casación N.° 975-2016/Lambayeque, señala que: “La finalidad de la motivación consiste en hacer conocer las razones, con apoyo en actos de prueba, que justifican la decisión adoptada, quedando así de manifiesto que no se actuó con arbitrariedad. En Lima, a los 13 días del mes de … El vehículo volvió a la ciudad de Cerro de Pasco. Sobre esto último, en el acápite agentes causantes se precisa “sustancia tóxica en estudio” (folio 33 del expediente judicial). En cuanto al delito en potencia, su relevancia será menor respecto del delito en acto, puesto que se fundamenta en la capacidad del agente para planificar y ejecutar conductas delictivas (Derecho Penal de autor); mientras que el delito en acto es compatible con el principio de culpabilidad en los términos del artículo VII, del Título Preliminar, del Código Penal (Derecho Penal de acto). Jurista, 2012, p. 34. [email protected], Estudios Castillo Alva & Asociados (2018), Las sentencias han incurrido en defectos que menoscaban el derecho de motivación al que se refiere el numeral 5, del artículo 139, de la Constitución Política, por lo siguiente, Se han apartado de la prueba científica, Protocolo de Necropsia N° 0050-2010, no solo con argumentos incompletos, sino expresando razones técnicas sin indicar la fuente, lo que no permite efectuar un control del razonamiento empleado. 7.1. derecho a la motivación de la sentencia (incongruencia omisiva). motivación aparente llamoja. Así, se debe partir del entendimiento que la motivación es “el último momento de manifestación del derecho al contradictorio y proporciona un parámetro seguro para la verificación de la sumisión del juez al contradictorio y al deber de debate que emana de él” (SARLET, MARINONI, MITIDIERO, 2012: 666, 667). A juicio del Tribunal, el contenido constitucionalmente garantizado de este derecho queda delimitado en los siguientes supuestos: a) Inexistencia de motivación o motivación aparente. La STC 0728-2008-PHC/TC, caso Giuliana Llamoja, significó un aporte de considerable importancia a … 12 Antes de este pronunciamiento colectivo de la Salas Supremas en lo Penal, resalta el contenido del Recurso de Nulidad N.° 1658-2014, del quince de marzo de dos mil dieciséis. El, incumplimiento total de dicha obligación, es decir, el dejar incontestadas las, pretensiones, o el desviar a decisión del marco del debate judicial generando, indefensión, constituye vulneración del derecho a la tutela judicial y también del. II. El Tribunal Constitucional del Perú a su turno, manifestó que el derecho a la debida motivación es “una decisión que consiste en expresar la norma legal en que se ampara la resolución judicial, sino también en expresar las razones de hecho y el sustento jurídico que justifican la decisión tomada”. WebClasificación de los Vicios de Motivación (Caso Llamoja) «... en el Exp. A efectos del caso que nos ocupa, es relevante lo señalado por Villavicencio Terreros, quien al explicar la imputación objetiva del delito, señala que no es suficiente la simple comprobación del nexo de causalidad entre la muerte y la conducta, sino que es de rigor establecer que el resultado “muerte” sea jurídicamente imputable a la conducta del agente. 1231 modifica una serie de artículos de la Ley de Arbitraje. 8.2. QUINTO. d. En esa línea, también el Acuerdo Plenario N.° 1-2015/CJ-116: sobre la aplicación del artículo 15 del Código Penal y los procesos interculturales por delitos de violación de niñas y adolescentes; relevante en la medida que reitera la importancia de los estudios antropológicos11. Así, una serie de evidencias físicas, aunados a los exámenes del servicio de patología forense, ponen en cuestión la ligereza del médico legista al practicar la necropsia y consignar diagnósticos apresurados que permiten el cuestionamiento de los resultados en un caso grave y que apuntarían a la búsqueda de la impunidad, por lo que, sin perjuicio de lo que ya se tiene anotado, esto es, que a consideración del colegiado se halla acreditado la muerte que es presupuesto del delito de homicidio simple, debe remitirse copias al Órgano de Control Interno del Ministerio Público para que califique la conducta del citado médico legista. El derecho a la debida motivacin de las resoluciones obliga a los rganos judiciales a resolver las pretensiones de las partes de manera congruente con los trminos en que vengan planteadas, sin cometer, por lo tanto, desviaciones que supongan modificacin o alteracin del debate procesal (incongruencia activa). Tenemos: a. El formato de levantamiento de cadáver del diez de septiembre de dos mil diez, redactado a las 22:45 horas, suscrito –entre otros–, por la fiscal de turno Miriam Robles Depaz, el médico legista Henry Ramos Palacios y el efectivo policial José Luis Núñez Paez. 5.3.6. Por este motivo, solicitó quince años de pena privativa de libertad efectiva y setenta mil soles por concepto de reparación civil. 5.3.3. inexistencia de motivación o motivación aparente. 14 Fundamento octavo. Estando a la declaración de nulidad de lo actuado, corresponde que el acusado recobre su libertad, recobrando la condición procesal a la que se refiere el numeral 8.1. Está fuera de toda duda que se viola el derecho a una decisión debidamente motivada cuando la motivación es inexistente o cuando la misma es … Al hacer un resumen de todo lo acontecido en el caso, se. Es suficiente a estos efectos que el órgano jurisdiccional exteriorice su proceso valorativo en términos que permitan conocer sus líneas generales que fundamentan su decisión”.2. El 13 de octubre de ... Lima. Los criterios sobre validez del conocimiento científico que se precisan provienen del common law, como lo señala Vásquez Rojas, son relevantes las sentencias Frye v. United States de 1923, en la medida que establece como criterio “la aceptación general de la comunidad científica relevante”; así como, la sentencia emitida en el caso Daubert v. Merrell Dow., Inc., de 1993, que definió los criterios de “fiabilidad probatoria”.13. WebEl objetivo del presente trabajo fue determinar la necesidad de evidenciar la motivación aparente en las disposiciones de archivo en la Primera Fiscalía Provincial Penal … WebMotivación Aparente-30 diciembre, 2015 El Decreto Legislativo No. El Acuerdo Plenario N.° 4-2015/CIJ-116 destaca las dos notas características del perito: i) imparcialidad y ii) fiabilidad, que depende de la apreciación de su dictamen, de las ulteriores explicaciones en el acto oral y que se basa a su vez en razones de formación y cualificación profesional [conforme: STSE de 5 de marzo de 2010]14. 5.4.5. Está fuera de toda duda que se viola el derecho a una decisión debidamente motivada cuando la motivación es inexistente o cuando la misma es solo aparente, en el sentido de que no da cuenta de las razones mínimas que sustentan la decisión o de que no responde a las alegaciones de las partes del proceso, o porque solo intenta dar un cumplimiento formal al mandato, amparándose en frases sin ningún sustento fáctico o jurídico.
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