SECCION VIII División Informática Artículo 16.—Competencia de la División Informática Es competencia de la División Informática establecer y conducir la política informática, así como apoyar la gestión de las diferentes unidades y áreas de trabajo del Servicio, por medio del procesamiento de datos, operación y mantenimiento de sistemas de información. Nombre y demás calidades de los representantes legales y del personal subalterno que actuará ante el Servicio, según se indique para cada Auxiliar. Artículo 78.—Documentos que deben acompañarse a la solicitud Sin perjuicio de lo dispuesto específicamente para cada Auxiliar, a la solicitud a que se refiere el artículo anterior, deberán adjuntarse los siguientes documentos: En el caso de personas jurídicas, certificación notarial o registral de la escritura constitutiva y de la personería jurídica. 31667 de 5 de marzo de 2004). Artículo 178.—Verificación y control de las mercancías La autoridad aduanera verificará y ejercerá funciones de control y fiscalización sobre las mercancías ingresadas bajo la modalidad de Tiendas Libres e iniciará, en su caso. El declarante será responsable de supervisar las operaciones de carga o embalaje de las mercancías. (Así reformado por el artículo 23 del Decreto Ejecutivo N° 28976 de 27 de setiembre del 2000)   HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=317&nValor6=29/06/2005&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 315.—Conocimiento de embarque y factura comercial Con la declaración aduanera de importación se deberá presentar la factura comercial y el conocimiento de embarque que amparan las mercancías declaradas, con excepción de los casos establecidos en la Ley y este Reglamento. Evaluar los sistemas desarrollados para asegurarse que cuenten con los elementos de seguridad y control para su operación. Depósito temporal postal.-Local destinado para el almacenamiento, clasificación y despacho de los envíos postales. Fecha de ingreso a puerto aduanero. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=374&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 372.—Semáforo fiscal El semáforo fiscal es un sistema auxiliar de control aduanero simplificado para viajeros y sus equipajes, mediante el cual se podrá determinar aleatoriamente si procede del reconocimiento físico inmediato de las mercancías. (Así reformado por artículo 1° del Decreto Ejecutivo No. Los documentos originales que hubieren sido solicitados para los efectos de la verificación inmediata, se devolverán al agente aduanero y a los demás auxiliares autorizados a transmitir electrónicamente bajo su responsabilidad declaraciones aduaneras. También procederá el levante con garantía en los demás supuestos del citado artículo 100 de la Ley. La información de la declaración del valor, será transmitida electrónicamente con la declaración aduanera. Identificación del puerto de embarque, país y puerto de destino de las mercancías y del vehículo que efectuará el transporte. Quinientos gramos de tabaco elaborado, cinco litros de vino, aguardiente o licor, por cada viajero mayor de edad y hasta dos kilogramos de golosinas. Identificación de los marchamos o precintos. En el uso de esta competencia, le corresponde la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta ley y las demás disposiciones del ramo le conceden al Código del transportista aduanero. Difundir las disposiciones internas de la Aduana a los usuarios, Auxiliares y funcionarios aduaneros. Emitir los informes de las actuaciones de control y fiscalización y remitirlos a sus superiores jerárquicos. La autoridad aduanera otorgará la autorización de salida cuando se cumplan las formalidades y los requisitos aduaneros y no hubiere impedimento legal. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=372&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 370.—Beneficio de no pago de tributos Para que el viajero, incluyendo los tripulantes, puedan gozar del beneficio de no pago de tributos sobre mercancías que no constituyan equipaje hasta por un monto de quinientos pesos centroamericanos o su equivalente en moneda nacional del valor aduanero total de esas mercancías, en las condiciones del artículo 115 de la Ley, deberá demostrar mediante su pasaporte, lo siguiente: Que ha permanecido un mínimo de setenta y dos horas fuera del país. A través del Decreto Supremo Nº 367-2019-EF, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se dispuso dicha adecuación del reglamento de la Ley General de Aduanas, en línea con las modificaciones realizadas por el Decreto Legislativo Nº 1433 y a los Lineamientos de Organización del Estado. (Así adicionado por el artículo 34 del decreto ejecutivo N° 32456 del 29 de junio del 2005) No efectuar dentro del área de Depositario Aduanero, actividades para distribución directa o cualquier otra actividad, incluyendo la conservación de mercancías sobre las cuales se hubieren pagado los tributos de importación ni mercancías nacionales. Inmediatamente después de finalizada la descarga, el transportista aduanero deberá solicitar a la autoridad aduanera la rectificación de la información del manifiesto de carga o documento equivalente cuando corresponda. Realizar inventarios en las empresas acogidas a los regímenes liberatorios de pago de tributos y perfeccionamiento activo, con el fin de comprobar la veracidad de las existencias de equipos, mercancías y materiales amparados a estos regímenes. Artículo 169.—Garantía Los consignatarios beneficiarios de esta modalidad deberán rendir una garantía anual equivalente al monto promedio mensual de las obligaciones tributarias aduaneras generadas por concepto de la importación de mercancías idénticas o similares durante el año calendario anterior al de inicio de operaciones bajo la modalidad. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=502&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 500.—Realización del reconocimiento físico De requerirse el reconocimiento físico de las mercancías, la aduana lo comunicará inmediatamente a la empresa y designará al funcionario encargado de realizar el reconocimiento. 31667 de 5 de marzo de 2004). Que han transcurrido seis meses de haber disfrutado del beneficio por última vez. Donde exista alguna prueba, al menos parcial, del hecho imponible. Velar porque se apliquen las modificaciones y sanciones que generen sobre la operación de los regímenes aduaneros. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=341&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 338 bis.—Solicitud de sustitución de mercancías. Si se optare por un régimen aduanero, la solicitud deberá efectuarse de acuerdo con los procedimientos establecidos para ese régimen. Procederá el levante en estos casos, si ha pesar de haberse iniciado un procedimiento tendiente a la eventual imposición de una multa, este no ha concluido mediante el dictado del acto final. deben solicitar además a la División de Informática, la asignación del Código de Usuario y la Palabra de Paso correspondiente. funcionarios de aduana o cualquiera otra persona natural o jurídica que tenga intervención en la introducción, extracción, custodia, almacenamiento y manejo de mercancías que sean objeto de tráfico internacional. (Así reformado por artículo 1° del Decreto Ejecutivo No. ARTÍCULO 33° (DIRECTORIO DE LA ADUANA NACIONAL).- 31667 de 5 de marzo de 2004). Artículo 174.—Excepciones La Dirección General podrá exceptuar de la aplicación de la presente modalidad a un rubro determinado de mercancías. CAUCA: El Segundo Protocolo de Modificación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, aprobado mediante Ley Nº 8360 de 24 de junio del 2003, publicada en La Gaceta Nº 130 de 8 de julio del 2003. En caso de una aeronave indicará: tipo, serie, modelo, nombre del fabricante, número de matrícula internacional y país de procedencia. † ” ² ¿ # 2 ? Cuando el vehículo haya sido objeto de hurto o robo, el beneficiario deberá presentar ante la aduana que autorizó el régimen, copia de la denuncia realizada ante autoridad competente. Artículo 152.—Requisitos y obligaciones adicionales La Empresa de Entrega Rápida deberá cumplir, además, con los siguientes requisitos y obligaciones: Rendir garantía global o contratar el seguro como lo establece el artículo 128 inciso b) de la Ley General de Aduanas. El reconocimiento físico de las mercancías se efectuará de la siguiente manera: a. Lugar del reconocimiento: El reconocimiento físico se realizará en las zonas de operación aduanera destinadas habitualmente a esos efectos, en las instalaciones de la Autoridad Aduanera o en instalaciones de Auxiliares autorizados para esos efectos. ¸ Â Ó 8 � � © ½ " ˆ ” ² # 2 ˜ ¢ ¾ 7 9 D Z z Î Ù! HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=304&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 302.—Plazo del depósito en aduanas El plazo de depósito de mercancías sometidas a este régimen será de quince días hábiles, contados a partir de la fecha arribo de las mercancías a la aduana de ingreso. Determinar la existencia de mercancías en mal estado, proceder a su destrucción previa autorización del Gerente de la aduana. El plazo de la sustitución será de un mes. Coordinar con las demás dependencias del Servicio aspectos tales como la ejecución de trabajos especiales y la incorporación de nuevos productos y de sistemas de información. Ubicación exacta de las instalaciones u oficinas en que operará. (Así reformado por artículo 1° del Decreto Ejecutivo No. previa consideración de las prueba pertinentes. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=436&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo SECCIÓN XI Pequeños envíos sin carácter comercial Artículo 434.—Pequeños envíos sin carácter comercial. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=523&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 521.— (DEROGADO, por el artículo 5° del Decreto Ejecutivo No. Otros que establezca la Dirección General. Tegucigalpa, M.D.C. Centro Civíco Gubernamental, Torre 1, Piso 3, 13, 14 y 15 Bulevard Juan Pablo II, Esquina República de Corea. El transportista aduanero deberá conservar, bajo su responsabilidad y bajo su custodia directa o por medio de terceros, un respaldo del archivo de la declaración aduanera transmitida electrónicamente y los siguientes documentos: a. Copia de los documentos oficiales de importación temporal que se emitieren para amparar la entrada de los vehículos y unidades de transporte al país. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=260&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 260.—Mercancías a granel exentas de justificación. Para los regímenes de exportación, es la aduana bajo cuya jurisdicción se encuentran los puestos aduaneros y demás lugares habilitados para la salida de personas, vehículos y unidades de transporte del territorio nacional. Tratándose de tráfico aéreo y marítimo, las autoridades Portuarias y de Aviación Civil deberán comunicar los itinerarios y horarios de arribo establecidos para la entrada y salida del territorio nacional de buques aeronaves. Los instrumentos deben ser portátiles, Silla de ruedas del viajero si es inválido. Los anteriores documentos deben contener el valor real de la mercancía, el nombre del importador, el peso bruto y neto, así como el número del contenedor, cuando proceda. a personas particulares o a funcionarios públicos, será sancionado de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Ley. 4 0 obj h) La normativa técnica aplicable según el objeto de la contratación. En caso de existir deudas tributarias pendientes de cancelar, de previo a la autorización, la Dirección General, iniciará los procedimientos administrativos y judiciales pertinentes para su pago. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=519&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 517.—Reimportación de mercancías. Artículo 191.—Órgano competente para realizar la subasta pública La venta de mercancías en subasta pública corresponderá a la aduana bajo cuya jurisdicción se encuentra la mercancía. (Así reformado por artículo 1° del Decreto Ejecutivo No. La persona jurídica deberá, adicionalmente, cumplir con los requisitos que establece la legislación común. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=344&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo CAPITULO VI Régimen de exportación definitiva SECCIÓN I Declaración de exportación definitiva Artículo 342.—Formato general de la declaración aduanera La declaración aduanera de mercancías se efectuará sobre la base de la información requerida en los formularios y mediante las guías e instructivos autorizados por la Dirección General. Garantizar el cumplimiento de las disposiciones y regulaciones en materia técnica aduanera en general. Esta obligación es sin perjuicio de las operaciones de reempaque y distribución autorizadas de conformidad con la Ley (Así adicionado por el artículo 34 del decreto ejecutivo N° 32456 del 29 de junio del 2005)  *Comunicar a la aduana de control la constitución de bonos de prenda, dentro del día hábil siguiente al de la emisión, efectuando la respectiva correlación con los datos transmitidos de acuerdo con el artículo 297 de este Reglamento. 31667 de 5 de marzo de 2004). prestan los automotores, según el Reglamento General de aplicación a la LOTTTSV, se clasifican en: REGLAMENTO PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS PARA MATRICULACIÓN VEHICULAR - Página 4 . Identificación de sus proveedores en el extranjero y de las relaciones comerciales y contractuales con ellos, especificando si se actúa en calidad de distribuidor exclusivo o no. En caso que la solicitud haya sido presentada en forma defectuosa se otorgará un plazo de diez días, para su subsanación. Si hubiere un cambio de destinatario el que adquiriere esa condición deberá declarar en la factura su nombre y domicilio e indicar que se trata del nuevo destinatario. Adquirir e instalar el equipo y "software" necesario para implantar los medios obligatorios u opcionales que se permitan en cada aduana. 2. Sin embargo, tratándose de alimentos o medicamentos y de todas aquellas mercancías sujetas a condiciones sanitarias. 31667 de 5 de marzo de 2004). El reconocimiento físico se podrá realizar en el propio vehículo o en las bodegas o locales autorizados. Rendir una garantía por el monto que determine la Dirección General, sobre el volumen de sus operaciones, la cual no podrá superar la suma de veinticinco mil pesos centroamericanos. Si cumplido ese plazo no se ha efectuado el despacho aduanero, el depositario programará la descarga, comunicando la fecha y hora a la autoridad aduanera, al importador y, en su caso, a las autoridades competentes que deban presenciar la descarga cuando se trata de mercancías peligrosas   (Así adicionado por el artículo 34 del decreto ejecutivo N° 32456 del 29 de junio del 2005) HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=575&nValor6=29/06/2005&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo SECCIÓN III Reportes a la aduana   Artículo 297.—Reporte de transmisión electrónica del inventario Finalizada la descarga, de la mercancía de la unidad de transporte el depositario la ubicará en sus instalaciones y deberá transmitir por vía electrónica, dentro de un plazo máximo de tres horas hábiles, el resultado de esa operación a la aduana de control. Artículo 112.—Patrocinio fiel El agente aduanero que actúe en representación de un tercero, deberá desempeñar sus funciones de forma que se garantice el fiel patrocinio de sus intereses, con absoluto respeto al ordenamiento jurídico. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=437&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo CAPITULO VIII Regímenes de importación y exportación temporal SECCIÓN I Disposiciones Generales Artículo 435.—Ámbito de aplicación. Cualquier otro dato que establezca la Dirección General. El interesado deberá acreditar el cumplimiento de las regulaciones no arancelarias a que estén sujetas las mercancías. (Así reformado por artículo 1° del Decreto Ejecutivo No. 31667 de 5 de marzo de 2004). Los envíos deberán presentarse sellados y además, deberán contener una etiqueta u otro medio que consigne como mínimo la siguiente información: Identificación del exportador/embarcador. (Así reformado por artículo 1° del Decreto Ejecutivo No. Elementos técnicos y procedimientos. 31667 de 5 de marzo de 2004). La autoridad portuaria vigilará que los transportistas internacionales no despaleticen, paleticen, consoliden, desconsoliden o abran bultos en zonas dentro del puerto no habilitadas para ese efecto, salvo cuando corresponda, por haberse descargado bultos sueltos, o por razones de peso y balance y en los demás casos establecidos en la normativa vigente. El depósito del vehículo, embarcaciones, aeronaves y demás equipo recreativo bajo control aduanero, así como la salida temporal de este conducido por el beneficiario hacia otro país, suspenderá el plazo otorgado para los efectos del vencimiento del certificado, siempre que no exceda los nueve meses contados a partir de la emisión del certificado, incluyendo la posible prórroga. Datos sobre el país de origen de las mercancías, el país de procedencia, el puerto extranjero de embarque o carga de las mercancías y el transpone empleado. Implantar y sugerir estrategias administrativas congruentes con los procesos de cambio y progreso tecnológico, organizacional y de recursos humanos de la Aduana. Evaluar el Sistema de Información Aduanera con el fin de proponer las mejoras y los cambios necesarios para hacerlo más eficaz y eficiente, recomendar medidas de seguridad de la información y la correcta aplicación de las instrucciones, métodos y procedimientos establecidos en materia informática; mantener control sobre los programas y archivos magnéticos administrados por el Servicio. éstas serán devueltas inmediatamente a la aduana respectiva con indicación de su estado, para los efectos del artículo 97 de la Ley. Conservar copias de las declaraciones aduaneras, facturas comerciales, de las declaraciones de tránsito, declaraciones de valor, conocimientos de embarque y del repone de ingreso de las mercancías recibidas en sus instalaciones. Informar a la Dirección General, los cambios que se produzcan en los incentivos y beneficios de índole fiscal y a la exportación, que percibe. Artículo 119.—Solicitud y procedimiento de autorización Para la acreditación de sus asistentes, el agente aduanero deberá presentar la respectiva solicitud ante la Dirección General, indicando el nombre y demás calidades del asistente y adjuntando los siguientes documentos: Fotocopia certificada por notario público o de la institución educativa respectiva, del título de diplomado o. en caso de inopia declarada, de técnico en aduanas, reconocido por la autoridad educativa competente. CAPITULO VI Otros auxiliares SECCION I Disposiciones Generales Artículo 142.—Cumplimiento de los requisitos legales En su condición de Auxiliares, las personas físicas o jurídicas indicadas en este Capítulo, deberán cumplir con los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 29 al 32 y el artículo 50 en lo conducente de la Ley y las establecidas en los artículos 77, 78. De conformidad con el artículo 86 de la Ley, la declaración aduanera del régimen de importación definitiva debe presentarse acompañada de: a) Una copia o fotocopia de la declaración aduanera de exportación, o b) Una copia o fotocopia del documento de salida de las mercancías exportadas, emitido por el exportador o expedidor, que podrá   consistir en: El documento de salida de las mercancías, usualmente expedido por el exportador o expedidor; o en su defecto, Un documento expedido por el exportador o expedidor que contenga la información requerida por el artículo 86 de la Ley. Artículo 132.—Obligaciones específicas. A partir del 31 de diciembre de 2019: El tipo y monto de la garantía que ofrece, cuando corresponda. Otras que le encomiende la Jefatura del Departamento. El Formulario Único Centroamericano hará las veces de declaración, para todos los efectos, en las condiciones que establecen las normas centroamericanas. Instrumentos musicales portátiles y sus accesorios. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=518&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 516.—Operaciones y plazo de la exportación temporal para el perfeccionamiento. 31667 de 5 de marzo de 2004). Decreto No 22617-H de 6 de octubre de 1993 (Reglamento para la Autorización y Reconocimiento de Mercancías en Zonas Secundarias Aduaneras). CAPITULO I DEFINICI0NES DEFINICIONES ADUANERAS Regl. Organizar y dirigir las funciones y actividades de las diferentes unidades de la aduana: comunicar las políticas y procedimientos que se han de seguir y velar por su cumplimiento puntual y oportuno. La autoridad aduanera está facultada para exigir al transportista aduanero o agente aduanero que haya declarado el transito, la rendición de un garantía que cubra la totalidad de la obligación tributaria aduanera, para aquellas mercancías que la Dirección General defina mediante resolución razonada. Deberá además ser independiente y exclusiva para cada agente aduanero. Apreciación de las pruebas, los motivos de aceptación o rechazo y de las defensas alegadas. Artículo 79.—Procedimiento de autorización Presentada la solicitud, la Dirección General verificara el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 77 de este Reglamento y emitirá el acto de autorización o de rechazo, según corresponda, dentro del plazo de un mes contado a partir de la recepción de la solicitud. Descripción de las mercancías. Control de pago, es el procedimiento mediante el cual se comprueba que el monto de la obligación tributaria aduanera ha sido efectivamente cancelado mediante depósito efectivo en las instituciones bancarias correspondientes o, habiéndose autorizado la rendición de garantía, que ésta haya sido efectivamente otorgada y depositada por el monto correspondiente. 31667 de 5 de marzo de 2004). HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=343&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 341.—Declaración aduanera y documentos adjuntos. Guardar y observar estricto secreto respecto a los asuntos que conozcan en razón de su cargo. Regular el acceso a las instalaciones de forma que se garantice la seguridad de las mercancías. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=388&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 386.—Trámite prioritario Previa verificación de la documentación aportada por la empresa transportista y autorización de la autoridad competente del Ministerio de Salud Pública la aduana, sin ulterior procedimiento, autorizará la entrega de los restos humanos a la empresa funeraria correspondiente   HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=389&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo SECCIÓN IV Despacho de muestras sin valor comercial Artículo 387.—Clases de muestras según el valor aduanero Se considerarán muestras sin valor comercial siempre que su valor no exceda de doscientos pesos centroamericanos: Las mercancías elaboradas de cualquier materia acondicionadas para su exhibición en cartulinas o soportes ordinarios, con excepción de los metales preciosos o gemas. Contar con equipo y herramientas en perfectas condiciones para la prestación del servicio. Después de ese plazo las mercancías deberán ser retiradas por el importador o depositadas en el área de almacén general, en los términos del artículo 47 inciso a) de la Ley. SECCION V Documentación de las actuaciones de fiscalización Artículo 74.—Documentación de diligencias Las diligencias que practiquen los órganos fiscalizadores en el curso de sus actuaciones, se consignarán en documentos. (Así adicionado por el artículo 34 del decreto ejecutivo N° 32456 del 29 de junio del 2005) La verificación inmediata no limitará las facultades de fiscalización posterior a cargo de la autoridad aduanera. Tampoco se aceptará si: a. Existe discrepancia entre el inventario o registro de mercancías que se encuentra en el sistema informático del servicio aduanero y el despacho solicitado. Además deberá declarar, si fuere el caso. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=516&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 514.—De la declaración del valor El valor que se debe declarar al momento de la exportación será: Tratándose de maquinaria y equipo, el valor que se declare en los libros contables. Podrá, igualmente, suspender o cancelar la aplicación de esta modalidad a la empresa que incumpla las condiciones legales o reglamentarias, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. 31667 de 5 de marzo de 2004). Otras que le encomiende el Gerente de la aduana de la cual dependen. Verificar que las mercancías de importación restringida cuenten con los permisos correspondientes y cumplan con las demás condiciones descritas en esta sección. Formular políticas y programas de trabajo y determinar los requerimientos de recursos humanos, financieros y de equipo en el área informática del Servicio para la aprobación de las autoridades superiores. Cuando se trate de un grupo familiar, la declaración podrá ser firmada y llenada por el responsable del grupo familiar, quien también se hará responsable de las consecuencias tributarias aduaneras de ese acto. Ubicación y fecha de ingreso del vehículo que transporta las mercancías. Cuando proceda, clase de garantía rendida y su monto, con indicación del número, lugar y fecha del respectivo instrumento de garantía, así como el plazo de vigencia y, según el caso, la razón social de la institución garante. El procedimiento para la emisión de las fichas informativas, su formato y la información que deben contener, los plazos de remisión y demás formalidades, se establecerán en un Manual Operativo que al efecto emitirá la Dirección de Gestión de Riesgo Aduanero (Así reformado por el artículo 48 del decreto ejecutivo N° 32481 del 29 de junio del 2005) CAPITULO II Procedimiento de las actuaciones de fiscalización SECCION I Inicio de las actuaciones de fiscalización Artículo 62.—Fundamento e inicio de las actuaciones de fiscalización. El sujeto investigado estará obligado a proporcionar a la Dirección de Fiscalización, al Órgano Nacional de Valoración y Verificación Aduanera y a la autoridad aduanera toda clase de datos, informes o antecedentes con trascendencia tributaria deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas. Este beneficio tiene carácter personal e intransferible. Nombre y dirección del consignatario. Los integrantes del Tribunal deberán ser funcionarios aduaneros con el grado mínimo de Licenciatura. El manifiesto de entrega rápida está conformado por el detalle de cada conocimiento de embarque (guías aéreas hijas) que conforma el conocimiento de embarque madre transmitido en el manifiesto de carga general. Si el importador no efectúa en ese plazo la declaración en la factura original, el obligado a conservar los documentos originales deberá comunicar al gerente de la aduana de despacho, el incumplimiento de este requisito. El Departamento de Ingeniería de Sistemas estará a cargo de un Jefe. La Gerencia de la aduana podrá tomar las medidas administrativas que estime convenientes, para el control de los regímenes, operaciones y trámites aduaneros que competan a la aduana a su cargo. Establecer los mecanismos que garanticen la seguridad de los datos e información de respaldo de los sistemas de información. p) Investigar nuevas tecnologías relacionadas con la seguridad informática: métodos de autenticación, encriptación, privacidad, control en el uso de la tecnología, muros de fuego, sistemas de detección de intrusos, entre otros. La reimportación de mercancías que se hubiesen exportado bajo el régimen de exportación temporal para perfeccionamiento pasivo, que se realice después del vencimiento del plazo de permanencia en el exterior establecido para dicho régimen, causará el pago de los derechos e impuestos respectivos, como si dichas mercancías se importaran por primera vez al territorio aduanero. 2. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=401&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 399.—Realización del reconocimiento físico De requerirse el reconocimiento físico de las mercancías, la aduana lo comunicará inmediatamente a la empresa y designara al funcionario encargado de realizarlo. 31667 de 5 de marzo de 2004). Artículo 106.—(DEROGADO, por el artículo 5° del Decreto Ejecutivo No. Suministrar una memoria debidamente certificada por contador público autorizado, de las importaciones de los dos últimos años, con indicación de la descripción de las mercancías, total del valor CIF, peso y/o volumen, unidad de medida, clasificación arancelaria y origen; Describir las mercancías que serán objeto de importación bajo esta modalidad, con indicación de su clasificación arancelaria, origen y procedencia y presentar una proyección de las cantidades y valor CIF de las mercancías que se importarán bajo esta modalidad el siguiente año calendario de operación. Artículo 198.—Información que debe contener el aviso de subasta El aviso de subasta deberá contener los siguientes requisitos: a. Una descripción general de las mercancías que serán subastadas. Tratándose de empresas del Estado, el plazo será de 30 días naturales. Otras que le asigne el Director General. 31667 de 5 de marzo de 2004). Artículo 36.—Competencia de la Sección de Verificación La Sección de Verificación tendrá las siguientes funciones: Efectuar el procedimiento de verificación de las mercancías; analizar cualitativa y cuantitativamente la información generada por los sistemas automatizados, que se usan en el proceso de verificación. Determinación de los montos exigibles por tributos y demás recargos e indicación de las infracciones que se le atribuyan. El detalle de la información que deberá contener, será publicada en la página web, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 del Decreto Nº 32456-H del 29 de junio del 2005. (*Mediante el artículo 34 del decreto ejecutivo N° 32456 del 29 de junio del 2005, se adicionan los incisos J y K, por lo que el anterior inciso J pasa a ser ahora el inciso L" " )   Artículo 135.—Respaldo de información que debe conservar el depositario aduanero. (Así reformado el inciso anterior por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 32935 del 8 de febrero del 2006) b. Muestras sin valor comercial: Incluye mercancías que por su forma de presentación cumplen con lo establecido en la normativa vigente. La autoridad aduanera confeccionará el formulario correspondiente, el cual deberá ser firmado por el interesado y la información deberá ser introducida en el sistema informático. (Así reformado por el artículo 27 del Decreto Ejecutivo N° 28976 de 27 de setiembre del 2000)   HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=449&nValor6=27/09/2000&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 447.—Desperfecto o daño del vehículo Cuando por haber sufrido un desperfecto o daño el vehículo no pueda hacer abandono del territorio nacional antes del vencimiento del plazo concedido, el interesado deberá solicitar ante cualquier aduana, el permiso para reparación, por el tiempo que el vehículo requiera para estar en condiciones de salir del país. Organizar y supervisar la elaboración de informes y reportes estadísticos sobre el movimiento y operaciones de la aduana en materia de su competencia. Experiência en Decreto IMMEX. Peso bruto del bulto expresado en kilogramos. SECCION X División de Normas y Procedimientos Artículo 21.—Así Derogado por el artículo 50 del decreto ejecutivo N° 32481 del 29 de junio del 2005. Plazo autorizado y plazo de vencimiento. El ingreso de armas y municiones estará sujeto a las regulaciones que sobre esta materia establece la Ley de Armas y Explosivos (Ley 7530 del 23 de agosto de 1995). Artículo 2.- Ámbito de aplicación El presente Reglamento rige para todas las actividades aduaneras en el Perú y es aplicable a toda persona, mercancía y medio de transporte dentro del territorio aduanero. Efectuado este trámite, se tendrá para todos los efectos legales cumplido el requisito del registro de la entidad. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=393&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 391.—Procedimiento ante la aduana Si las mercancías son declaradas como muestras sin valor comercial a su ingreso, una vez que la aduana las reciba determinará si procede considerarlas como muestras sin valor comercial y tramitará de oficio la declaración aduanera, donde consignará la partida arancelaria y el código estadístico correspondiente. 31667 de 5 de marzo de 2004). Artículo 145.—Garantía Las empresas beneficiarias de esta modalidad deberán rendir una garantía anual equivalente al monto promedio mensual de las obligaciones tributarias aduaneras generadas por concepto de la importación de mercancías idénticas o similares durante el año calendario anterior al inicio de operaciones bajo la modalidad. (DEROGADO, por el artículo 5° del Decreto Ejecutivo No. A partir de la publicación del Decreto Supremo que modifique el Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2009-EF, la modificación de los artículos 61, 103, 110 y 145 de la Ley, contenida en el artículo 3 del presente dispositivo legal. Coordinar con los organismos de investigaciones policiales del país y con las demás dependencias del Servicio, los asuntos de su competencia. - Conocimiento de Mercancías Restringidas - Conocimientos de paquetes informáticos de operaciones aduaneras. No será necesario obtener autorización previa, ni será exigible la aplicación de la medida cautelar de allanamiento, para ingresar a aquellos establecimientos que por su propia naturaleza estén abiertos al público, siempre que se trate de las áreas de acceso público. 31667 de 5 de marzo de 2004). HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=238&nValor6=05/03/2004&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo Artículo 238.—Tramitación de la declaración aduanera y otras solicitudes y gestiones. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=256&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo SECCIÓN III Faltantes y sobrantes de mercancías y reembarque  (Así reformada la denominación de esta sección, por artículo 2° del Decreto Ejecutivo No. La internación o salida del territorio nacional de restos humanos se efectuará bajo la responsabilidad de la empresa transportista, en ataúdes y urnas mortuorias debidamente sellados o en otros compartimentos que reúnan las condiciones que establezcan las autoridades del Ministerio de Salubridad Pública. K! Artículo 130 bis.—Precinto electrónico. Artículo 90.—Actualización y renovación de la garantía La vigencia y los montos a que ascienden las garantías deberán ser actualizadas anualmente, según el siguiente calendario: En el mes de junio, los agentes aduaneros o agencias aduaneras. HYPERLINK "http://196.40.56.12/scij/busqueda/normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRA&nValor1=1&nValor2=48352&nValor3=51502&nValor5=311&nValor6=14/06/1996&strTipM=FA" \t "_top" Ficha del artículo     Artículo 309.—Declaración aduanera de salida. e. Registro. A partir del 31 de diciembre de 2019: f) Mercancías consistentes en vehículos automotores no gravados con derechos arancelarios a la importación, pero afectos a una alícuota del impuesto selectivo de consumo, en que la determinación del valor se realiza mediante el procedimiento establecido por Decreto Ejecutivo. Para los efectos de este Reglamento, las situaciones de emergencia nacional serán determinadas por la Comisión Nacional de Emergencias del Ministerio de la Presidencia. Incremento aproximado del valor de la mercancía. También serán vendidas en subasta pública, por la aduana de control: a. Las mercancías declaradas en comiso, conforme a las disposiciones legales en materia de delitos aduaneros, previa orden de la autoridad judicial. Para los efectos de la movilización de la mercancía, la empresa o su representante utilizarán en las unidades de transporte, precintos, marchamos o sellos que cumplan con las especificaciones y características técnicas definidas por la Dirección General. Las mercancías se descargarán en los lugares establecidos para tales efectos de conformidad con el artículo 63 del RECAUCA.
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