(y cita perfectamente a sus titulares). Revisa si efectivamente la tabla CDR.dbo.ARTICULO está vacía, porque si no es así, no te va a ejecutar la siguiente instrucción. Muy interesante sus indicaciones. Próximamente voy a adquirir una vivienda propiedad de una señora y sus dos hijos. entiendo que la plusvalia si, pues se ha vendido ahora en octubre por mas valor de el que lo compró mi madre. Como por trabajo y lejanía de donde vivimos, nos ha parecido que sería un gran favor, hemos aceptado. En ese orden de ideas es obligación de los empleadores mantener actualizado el T-REGISTRO de sus trabajadores, prestadores de servicios, personal en formación, derechohabientes, pensionistas y personal de terceros. Hola Francisco té expongo mi caso para ver si me puedes aconsejar. Una vez que ingresamos los datos correspondientes, procedemos a ubicarnos en la parte izquierda opción "Ruc y Otros Registros". existe una escritura notarial en la que constan los titulares a partes iguales, que tiene la hermana que vive en el piso, pero no se dispone de copia de la misma por los demás titulares, y no consta en el registro de la propiedad. El Registro de la Propiedad no es ningún enemigo, tiene sus ventajas e inconvenientes, y son los propios de que públicamente se sepa quien es el dueño de algo, pues de un lado se ve protegido de problemas ajenos si inscribe, pero de otro puede verse afectado por problemas ajenos si no lo hace. Muchas preguntas, aunque todas tienen una única respuesta. ¿Y sabe lo que podría costar este trámite aprox. Además, incluso los que han firmado no pueden dar de alta los suministros, por fallos y retrasos en los tramites (boletines erróneos entregados por la promotora) y/o la no inscripción de la AFO. Muchas gracias por sus valiosos comentarios. El notario me ha intentado tranquilizar y que no tendré ningún problema…fue bastante comprensivo…pero yo ya dudo de todo…. Qué consecuencias tendría el no registrar a mi hijo? Tras pedir nota simple del inmueble, aparece a nombre del Patronato de Funcionarios del Ministerio del Interior extinto en el año 1985/86. – El imueble se encuentra al corriente del pago de impuestos. Simposio Fiscal AbogadosCol. Todo va a depender del Banco, más actualmente lograr la inscripción si se trata de una finca que jamás ha accedido al Registro de la Propiedad, puede ser algo menos rápido de lo que deseas. Buenos días, me refiero a esto: La resultante sería muy aproximada a la complementaria que cursen. [Cas. Para conocer cómo realizar el registro en las opciones implementadas ingrese a la siguiente cartilla, según el sector al que pertenezca: Intento entender las cosas y no ir de «Sí, donde firmo, cuanto es». Buenos días Francisco. Cantidad, materiales o composición del producto. En fin, me pongo en marcha a ver qué encuentro. Nos gustaría saber cual sería su recomendación, pues ¿podría darse el caso de que nos quedáramos sin ninguna vivienda, porque la nuestra la hemos vendido y la nueva no está registrada y no podemos entrar en ella a reformarla, como necesita?. La pregunta es, ¿tiene esta entidad financiera algún tipo de responsabilidad frente a este embargo inscrito por otro acreedor?. Con el concubino(a), escritura pública de reconocimiento de unión de hecho, según trámite señalado en la Ley 29560 o resolución judicial de reconocimiento de la Unión de Hecho. Mi padre vive en un piso que compró hace aproximadamente 35 años,unos 3 años después se separó de mi madre, estaban casados en régimen de gananciales y, en la sentencia o convenio regulador no aparecía nada relativo a la vivienda, pero mi padre compró su parte a mi madre y se hicieron nuevas escrituras en las que, mi padre era el único propietario de ese piso y en el que vivimos mi hermana y yo con él, ya que, a él le otorgaron la guarda y custodia pues eramos menores,no sabemos nada de ella desde hace unos 20 años, los problemas vienen porque en primer lugar, nunca se registró esa propiedad ni a nombre de mi padre ni de mi madre, en la nota simple que hemos solicitado aparece como último registro el anterior propietario de la finca que fue el que construyó todo el edificio y lo vendió en régimen de propiedad horizontal, ese señor ha fallecido y no sabemos nada de sus herederos, y en segundo lugar, por cosas de la vida, mi madre accedió a esa vivienda, después de producirse la separación, sustrajo contrato de compraventa, escrituras y algúnos documento más y los quemó en la propia vivienda, mi padre en aquéllos momentos estaba enfermo y nunca denunció los hechos, en fin, parece un poco de telenovela, pero no conservamos ni escritura, ni contrato de compraventa, ni inscripción en el registro como ya he comentado. La promotora dice que ellos han puesto a disposición la vivienda antes de la fecha acordada, y que si necesitamos hipoteca es problema nuestro, pero he leído que si no está en condiciones de ser habitado y disfrutado, la obra no se da por terminada, y por tanto esto supone un retraso en la entrega. Es éso cierto? Presentando los documentos que demuestran tu identidad como son el acta de nacimiento y una identificación se procede a realizar el registro y de esta manera poder obtener el CURP, el tramite en promedio estará tardando unos 10 minutos a lo maximo, por lo que es muy rápido Hay que aclarar que este tramite es personal por lo que no puede ser tramitado por terceras personas, ajenas, salvo en . Determinar qué es un problema es algo imposible, pues lo que para algunos es importante para otros no; además predecir el futuro, puedes entender que es siempre complejo. Efectivamente Patricia, acudir al Registro de la Propiedad es voluntario; es cierto que te protege más, pero una cosa es que tu propiedad sea protegida y otra que dependa del Registro de la Propiedad. Resulta ilógico dudar de él, pero por eso desaría su información. Por ahora ya no me quedan más dudas asociadas a créditos hipotecarios y su cancelación pero, como decía en mi anterior mensaje, es muy probable que la lectura de otros post generen otas nuevas. Con este último comentario que ha hecho en respuesta a mi «examen» he comprendido, por una parte, ciertos aspectos básicos del funcionamiento de las inscripciones en el RP, y por otra, que toda la conversación anterior proviene de un error (fruto del desconocimiento) en una de mis frases del primer comentario que hice. pueden embargar la casa, por qué tanto interés en que la registremos?. Muchas gracias de antemano. Muchas gracias. El comprador adquirió de buena fe en un procedimiento judicial en el que se le dieron todas las garantías, y al que siendo dueña no acudiste interponiendo en su momento la tercería de dominio pertinente, por lo que está protegido por el artículo 34 de la Ley Hipotecaria. Dicha finca es de tres hermanos q la adquirieron por herencia hace dos años. Buenas tardes, D. Francisco, no se si puede ayudarme. ¿Es posible tal discrepancia? En 1998 se separaron y en el convenio, que recoge que el régimen económico del matrimonio era el de sociedad de gananciales, se dice que la sociedad la componen,entre otros bienes, un piso. Hacienda ahora ha hecho su propia liquidación, y nos incluye en la masa hereditaria el piso aquél que se vendió hace años. Los perceptores de renta de cuarta categoría no son informados en el T-Registro. Resulta que hace unos 20 años un empleado del constructor(insatisfecho con su jefe(osea con el constructor)) denuncio la construcción de este ático( que el fue el pintor)ya que en teoría debía ser una buhardilla del 3er piso ,pensando que pertenecía a su jefe ,en plan venganza.Entonces me acuerdo que tuvimos problemas ya que estuvieron a punto de tirar abajo el ático,pero movimos unos cuantos papeles y se ve que se paralizo la orden de derribo o algo por el estilo porque hasta la fecha no han vuelto a venir. Respecto de los posibles embargos, es importante que mantengas vigente el asiento de presentación de tu título; más si no fuera así, siempre tienes la posibilidad de comparecer ante quien decrete el embargo y reclamar la tercería de dominio. Lo recibiré con mucho gusto. No entiendo bien tu pregunta, pero puedo indicarte que la inscripción siempre es voluntaria, aunque hay un principio de tracto sucesivo que hace obligatorio inscribir en el registro todos los títulos previos al que nosotros queramos inscribir. La gestoría la coloca el avalista que es el que me solicita la provisión. Muchas gracias. Mantengo la numeración de las preguntas anteriores: 1.- Si desde que el comprador compra la casa la inscripción en el Registro de la Propiedad (en adelante RP) está a su nombre, entiendo que lo que se inscribe en el RP al cancelar la hipoteca es simplemente añadir algo que diga que ya no hay ninguna carga sobre la vivienda. No tengo ninguna intención de dejar de pagar, lo que quería decir es que al no estar la vivienda inscrita se supone que el banco no puede ejecutar, o al menos eso creía yo. La manipulación por parte de un Registrador puede ser constitutiva de delito, dudo mucho que alguien se juegue su profesión por esos motivos, más que lo que procede es contactar con un abogado y ver que ha sucedido, resulta imposible ayudarte por aquí sin saber los hechos y tener la documentación a mano. la duda es que pasaría si no aparece la escritura. Habiendo escritura no hay problema, pero has de tener mucho cuidado con el embargo; en la Notaría más cercana te informarán con mayor amplitud. Buscando información he llegado a su Blog que me parece estupendo! 1. O sea, los hijos son los herederos de una parte de la vivienda, pero no aparecen en el registro como propietarios. Es cierto que hay especuladores que compran casas como churros, sin saber si quiera donde están, es más este tipo de personas (y otros muchos factores) han desembocado en la situación actual. A día de hoy mi porcentaje de propiedad es mayor ya que al fallecer mi padre poseo lo correspondiente por herencia. 206 de LH, con una certificación administrativa, bastante nueva en comparación con la documentación nuestra que disponemos. Guarda mi nombre, correo electrónico y web en este navegador para la próxima vez que comente. La finca en cuestión es una de las partes de una segregación de disolución por condominio y en que en las escrituras anteriores figuraba inscrita. En cuanto a los documentos, contamos con escritura pública notarial que reconoce una situación que ya existía . La propiedad se dirimió entre los herederos mediante un acuerdo transaccional privado. Como siempre omento, es imposible resolver temas concretos sin ver la documentación, pues de lo que me dices tu, a lo que digan los documentos, puede haber diferencias o matices importantes. Yo estoy viviendo una autentica pesadilla con un tema de registro. Mi postura como comprador, siempre será la misma, no quiero comprar problemas (y menos si no controlo esos problemas y se perfectamente como arreglarlos) para responder todas tus dudas tendría que escribir un post entero del que probablemente no te enterarías, así que lo más sencillo es que te dejen todo clarito (especialmente esa herencia). Dada la situación anterior ¿es posible plasmas la compra en una escritura pública de compra-venta con un apunte de compromiso por parte de los vendedores en finalizar los trámites de registro?. Osea, que la división no es tal aunque lo refleje el catastro y la escritura. Espero que entiendas que me resulta imposible saber que ha sucedido, quizás mejor que consultes como dices a un abogado y que te den las explicaciones oportunas. Buenos dias. Es un poco «lioso» el tema que cuentas, y sin ver documentos cualquier recomendación que te haga, puede ser errónea, pero tal y como lo cuentas en principio no hay problema alguno. ¿Se le ocurre alguna alternativa u ‘ocurrencia’ contractual que pudiera satisfacer a las partes? bancaria) la comunidad, el IBI y todos los gastos de ese piso hasta el día de hoy. El caso que le planteo es el siguiente, mi padre me comentó que había perdido la escritura de su propiedad, por lo que solicitamos una nota simple en el Registro. Existe la posibilidad de que el banco se haya hecho con la titularidad de la finca, cuyo contencioso era contra el antiguo propietario, sin notificarme nada? Somos 5 herederos de un piso que hace 8 años intentamos vender pero que uno de ellos se negó en rotundo simplemente para entorpecer (las cosas que pasan) con lo cual no hemos tenido mas remedio que solicitar su adjudicación en subasta pública (aún estamos esperando el señalamiento de subasta que previsiblemente será para septiembre u octubre), la cuestión es que uno de los herederos ha muerto y ha dejado a su vez 4 hijos (no se si han aceptado la herencia o no), y uno de los hermanos en vista de la mejora de su situacion economica estaría dispuesto a comprar el piso. Como has puesto tu correo electrónico y si no te molesta, te mando un modelo que te sirva de base. En el registro nos han aconsejado llegar a un acuerdo para vender nuestra parte, lo que nos queda, al comprador pero en ningún caso llegar a juicio porque dicen que perderíamos. Ahora pretenden deshacerse de esa finca, lógicamente ante notario. ¿Podría haber mala fe en los herederos, ya que la viuda conocía la venta por parte de su difunto marido, ya que también vendió ella misma? que se debería hacer en este caso? Ante todo mucha tranquilidad, pues aunque nada puedo ayudarte en lo económico, no tienes problemas jurídicos. Diplomado: Código Procesal Civil y litigación oral. Desde luego yo no soy un entendido en leyes, es más me considero muy torpe en ese sentido pero es evidente que al ver esos cambios de titularidad del inmueble, la estrategia de «A» es evitar que le embarguen la propiedad que yo ahora quiero adquirir. Ahora la situación ha cambiado ya que en el registro figura el abuelo como titular. Otra duda, cuando la nota simple dice: El Registro de la Propiedad no practicará la inscripción correspondiente de ningún documento que contenga acto o contrato determinante de las obligaciones tributarias por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sin que se acredite previamente haber presentado la autoliquidación o, en su caso, la declaración, del impuesto, o la comunicación a que se refiere la letra b) del apartado 6 del artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo, 2/2004, de 5 de marzo. Lo que no me cuentas es si tus padres hicieron o no testamento, por lo que poco más puedo ayudarte en este sentido. Gracias por su respuesta. Buenos días. Ahora, cuando uno trata de realizar la segregación, el otro pretende modificar el reparto a su favor. Ahora un señor del pueblo me ha ofrecido un dinero por comprarme la nave, pues yo hace muchos que no voy al pueblo y me interesaría venderla. Zulema Talledo López. Yo tengo una. No es un asunto de buena o mala fé contractual, ni de no querer inscribir la garantía. Por supuesto que es más que recomendable la inscripción, lo que trato con este post es de destacar la falta de obligatoriedad y que no todos los problemas tienen la misma solución. Por ejemplo, un registro con dos campos de fecha puede necesitar que los valores de un campo siempre sean anteriores a los del otro (por ejemplo . Aprovecho la ocasión para felicitarle por este magnifico trabajo que realiza gratuitamente, asi como mandarle mis mas efusivos saludos. Tengo un problema técnico, y no puedo leer tu anterior comentario, aunque creo recordarlo, y creo que en él me comentabas que tus padres están divorciados y que en el divorcio acordaron que él se hacía cargo del préstamo, por lo que ahora procedería pedir la ejecución de dicho convenio. Piloto te he dicho dos veces ya que las sentencias no prescriben, no quiero ser grosero, pero es que sinceramente el explicar las diferencias entre la prescripción adquisitiva de derechos y la prescripción extintiva de las obligaciones me parece que supera con mucho los límites de un comentario al contenido de este artículo (que por otra parte no es un consultorio jurídico), y la capacidad de entendimiento de un ciudadano normal. Generando así una doble imposición a un ciudadano. La duda que tenemos es que si ya se liquidaron los impuestos, se cambio el nombre del titular de la propiedad en estas agencias y que todo fue gracias a que se acepto el documento privado de donación como valido para hacerlo, entonces, con esto basta como para demostrar que la propiedad es de la Tía de mi esposa? Muchas gracias de antemano. Hace 2 años compré una finca ante notario. Le pongo en antecedentes para después formularle la pregunta: Tras diversas vicisitudes que obviaré y ante la demora en responderle, se persona en el registro y le informan que, si bien la documentación exigida era correcta, ahora falta un certificado de (es lo que le he entendido) inmatriculación) que tiene un coste de unos 600 euros. Tienes razón, y para poder vender no es necesario que tu escritura esté inscrita, más en la práctica resulta increíble que un comprador no quiera acceder al Registro de la Propiedad, por lo que supongo que los términos en los que te ha hablado mi compañero son los normales para cualquier caso normal y corriente (el que el comprador no haya dicho nada, no quiere decir que vaya a prescindir de la inscripción y sus ventajas). A mí entender se está doblando la tasa de basura, por el simple hecho de lo que pudiera ser, y no por lo que es. Miguel ¿Cuánto es la multa por incumplimiento del T-Registro? Nadie sabe quién es el propietario y, los más mayores, me remiten a gente que emigró en los 60 a Madrid y que ya ha debido pasar a mejor vida. Le vuelvo a agradecer su ayuda y le aseguro que me ha aclarado usted más que muchos abogados a los que he consultado. ¿Qué sucede con aquellos trabajadores que cursaron especialidades y diplomados? Por lo que leo en su blog me da la sensación de que el registro no es obligatorio. A mi buen entender, el registrador transcribe en el registro los datos que figuran en el documento público en base al que se inscribe el acto jurídico (entiendo que la escritura de compraventa). Hace unos años vendieron una de las viviendas y posteriormente avalaron a uno de mis hermanos en la compra de un piso. Dice que tiene el acta o la escritura de la herencia ( no se cual de las dos porque no me da acceso a ellas) . Por lo demás no hay plazo para inscribir, por lo que son inscribibles o no esas escrituras igual en el año 1969 que en la actualidad. Dicha finca nunca ha estado inscrita en el Registro de la Propiedad. Lamento mucho tu situación, pero una cosa es que el documento haga prueba y otra que surta efectos frente a terceros, y no te hubiera dado igual (salvo por la insolvencia del dueño) pues la escritura pública es título ejecutivo. Muchas gracias Francisco. Gracias Francisco, me dices que aunque la venta sea anterior al registro del embargo ,este tiene prioridad y debemos afrontarlo el resto de hermanos. Mi más sincera enhorabuena por este valioso Blog, cuyo nivel resolutivo y profesionalidad no dejan de sorprenderme.. en mi primera entrada me gustaría preguntar la siguiente cuestión.. hace años me separé y por sentencia judicial se otorgó la titularidad de la vivienda a mi ex pareja, si bien tuve el fallo de no salirme del Registro de la Propiedad, de modo que la Comunidad de Propietarios me está reclamando a mí ahora todas las deudas derivadas de esa vivienda pues según indican al consultar el Registro yo seguía apareciendo.. les he facilitado la sentencia en la que se asigna el total de la vivienda a mi ex, certificado de empadronamiento donde demuestro que yo no vivo en dicha vivienda en el momento de generarse la deuda,etc, pero aún así me están embargado todas mis cuentas corrientes. Se pueden pedir por meses, es decir, yo tengo 1 mes de cada tres al año, enero,mayo, septiembre, diciembre y así sucesivamente? gracias por su atencion. Gracias de antemano por su respuesta. «Los asientos practicados quedan bajo la Salvaguarda de los Tribunales» que en castellano llano viene a decir que lo inscrito puede ser rectificado por el Juez. En mi caso tengo que pedir la ayuda de alquiler de la comunidad de Madrid, pero el dueño de la casa no la tiene registrada de modo que no puedo pedir la nota simple del registro de la propiedad, y la verdad no se que tengo que hacer y ni a que recurer. Es el Registro de Información Laboral de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación, personal de terceros y derechohabientes. gracias por su interés en este asunto, y por su dedicación a aclarar asuntos legales. Hace unos meses firme un contrato de arras de un terreno rústico en el que entregue una señal como reserva de compra. Pienso que debería haber una doble inscripción en le Registro: de la fallecida a su hermana y de la hermana a mí. No existe problema entre mi padre y sus hermanos, ya que ellos no niegan la existencia de dicha donación. Se debe realizar, dentro de los 5 días hábiles de la fecha de ocurrencia del evento. En caso afirmativo, se realizarían dos inscripciones registrales (transmisión de mi padre a mi madre y transmisión de mi madre a mi) o tan solo una? Teóricamente el cambio de titularidad lo hace automáticamente el Notario al remitir los índices que obligatoriamente remite cada quince días; en todo caso el catastro no determina la propiedad, pues es un mero registro administrativo que sirve para gestionar impuestos. Gracias a ambos. Banco que me concede hipoteca es xxx y la gestoría xxx.Tengo copia simple de escrituras de extinción de condominio y la provisión de gastos de notaría , registro ,catastro etc.Ahora en 2021 quiero vender la casa. Si en el contrato privado se hiciese mención a la situación jurídica de dicho inmueble, ¿tal circunstancia podría dar lugar a la resolución del contrato? De las otras dos, sé que B me ha dejado su parte del piso a mí y de la otra (C), que nos lo dejaba a varios herederos. Una vez firmada la escritura,¿ puede comunicar el notario mi titularidad telemáticamente? Gracias. En este caso, ajustándose al contenido de este post, se trata de una duda relacionada con la inscripción registral de una finca rústica en un registro de la propiedad. No está inscrita en el Registro pues el titular la compró hace 50 años y no tenía tampoco escritura ni contrato. ¿Puedes legársela a tus hijos si no está inscrito el inmueble a tu nombre en el registro? 2 Reiteras lo mismo, y por supuesto es cierto, 3 No acabo de entender lo que dices, pero te aclaro que si se vende en documento privado un bien hipotecado, el comprador es dueño cuando se le entrega la posesión, respecto a la hipoteca, obviamente como dueño su finca responde de la deuda, lo que hace más que recomendable que a la hora de fijar el precio tenga más que presente el importe pendiente de dicha deuda a la hora de fijar la forma de pago (ahí caben muchas posibilidades: como que la deuda esté pagada, o que el comprador se subrogue en la deuda, o que retenga su importe), 4 Por supuesto que es más que recomendable acudir al Notario e inscribir en el Registro, no voy a decir lo contrario; sin embargo una cosa es que algo sea recomendable, y otra que sea obligatorio (de hecho pongo en este post ejemplos de casos en los que la falta de inscripción tampoco lleva aparejadas mayores consecuencias). Registro y catastro son figuras distintas con distintos fines: El primero publica la propiedad y protege, el segundo tiene una función exclusivamente fiscal y sirve para recaudar impuestos. Mucho me temo que el problema es más serio de lo que parece, y poco puedo ayudarte. Creo que a los demás copropietarios tampoco les interesa mantenerlas, pero por lo visto es imposible venderlas. ¿Es esto legal? Si el trabajador informa más de un estudio concluido se debe pulsar el botón “Adicionar información” dentro del módulo “Situación Educativa”. Le pedí que me mostrara esos documentos con las modificaciones y efectivamente aparece su firma en ellos, y las fechas corresponden a 2003 y 2004. buenos días, quisiera plantear algo que puede ser de interés para muchas personas, como pago de un préstamo a mi madre yo cedi el 25% de una vivienda recibida en herencia de mi padre, se hizo escrituras pero no se inscribió en el registro, ahora me he declarado en concurso de acreedores y van a liquidar mis bienes, en el registro aparece ese 25% que ya entregue a mi madre en escritura ante notario, quisiera saber si mi madre está protegida legalmente o le pueden subastar ese 25% de la vivienda por no haberla inscrito en el registro de la propiedad el cambio de propiedad, gracias, Tu madre es la dueña, y puede acreditarlo con su escritura que es anterior al concurso (distinto es que por razón de la fecha sea o no impugnable). En caso de no cumplir con los requerimientos dentro del término previsto, la solicitud se podrá inadmitir, negar. Entiendo que más que extraño estamos ante un lamentable error registral, pero insisto que sin ver la documentación nada puedo añadir. Espero haberte respondido a todo, aunque siendo tan largo el comentario, algunas materias requieren muchas matizaciones. Lab. Ya tenemos comprador. Datos de contacto del DPD: Dirección de correo electrónico: protecciondatos@jccm.es: Nombre: Registro Centros Finalidad: Registro de Centros docentes no universitarios de Castilla - La Mancha, así como la participación de dichos centros en los programas educativos y de formación de la Consejería. [Cas. Cuál es mi sorpresa cuando hace unos días voy al registro de la propiedad para ver si ya está inscrita y solo han registrado la primera compra (de la Cooperativa a la Inmobiliaria) pero mi compra aún no está registrada porque quién me vendió a mi en representación de la Inmobiliaria (Administrador único) no tenía poder para hacerlo (aunque según el notario que nos lo realizó si que tenía poder suficiente como dice la Escritura) pero según el Registro de la Propiedad este señor no tiene poder para vender en nombre de la Inmobiliaria. Las infracciones relacionadas al T-Registro están tipificadas en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 008-2011-TR, donde se clasifican como infracciones graves en materia de relaciones labores: Un trabajador ingresa el lunes 23 de Julio a laborar a una empresa, y por descuido no le damos de alta ese día, ¿Estaríamos incurriendo en una infracción laboral? Estamos interesados en comprar una vivienda de segunda mano publicada en la web del BVBA, el API nos comenta que la propiedad es USGAI, S. L. (una sociedad creada para la gestión de activos procedentes de UNIMM), nos han presentado la nota simple de las titularidades y aparece cómo única propiedad Caixa d’Estalvis de Unió de Caixes de Manlleu, Sabadell i Terrasa por adjudicación en subasta judicial (2011), entendemos que los antiguos propietarios tampoco registraron??? Dicho eso que puedo hacer al respecto En principio me comentan que no hay problema y que lo único que puede suceder es que no pueda solicitar ningún tipo de préstamo sobre la vivienda, y que con el tiempo puedo solicitar inscribir la vivienda en el registro de la propiedad de lo cual no tengo ni idea si es posible ni mucho menos lo que al final me puede suponer económicamente. Mi tía dice que los vecinos saben que esa finca es de mi abuelo y que sabe que mi abuelo pagaba el IBI. La plusvalía municipal efectivamente se computa desde que heredaron, aunque ten en cuenta que no es desde la escritura de herencia, sino desde el fallecimiento del o de los causantes. Este blog no es precisamente muy favorable a las cosas que aparecen por internet, pues en su mayoría no tienen un mínimo de rigor jurídico (te recomendaría que leyeras una entrada en la que expresamente hablo del contrato de reserva de vivienda, o la que explico que es un contrato de arras). Jajaja, eso mismo es lo que yo llevo preguntándome todos estos días que ando mareada buscando posibles soluciones. gracias, En ese caso estamos hablando de una finca sin inmatricular, y tengo que reiterar mi recomendación de que cada heredero obtenga su copia, amén de que promuevan un acta de notoriedad para obtener la inmatriculación (en otro caso se corren riesgos en el caso de que uno de los herederos actúe unilateralmente -aunque aún así habría soluciones), Muchas gracias Francisco. Es que ya no sé ni que pensar y quiero tener todo muy bien atado para no tener sorpresas… Reporte TR5 del T-registro: Datos laborales del trabajador. Le explico el caso: Lo que creo es que no se me puede imputar esta responsabilidad. piso, Col. Arenal Tepepan, Alcaldía Tlalpan, C.P. El TDA provee de una interfaz con la cual es posible realizar las operaciones permitidas, abstray ndose de la manera en como est n implementadas dichas operaciones. Total que todo se desarrolló lentamente y entre dos juzgados diferente, con lo que se demorò todo demasiado, además de operaciones y otros problemas. Mientras se lleva a cabo una auditoría, es importante que el auditor documente los procedimientos que aplica, la evidencia y las conclusiones obtenidas . Sr. Rosales. 3.- Por analogía la ley cambiaria y del cheque si contempla el caso de discrepancia entre una cifra expresada en letras y números, considerando que prevalece la letra (lo cual además me parece más lógico, dado que es más difícil -y más si es en un ordenador- confundir una que varias teclas-). 3.- A partir de que transcurran 20 años tras el vencimiento del plazo de vigencia de la hipoteca, el comprador puede -sin el consentimiento del banco y sin necesidad de escritura- dirigir una sencilla instancia al RP para que inscriban la cancelación de la hipoteca (el RP no lo hace de oficio). c. Luego buscará la opción empresas/ registro del empleador/registro. Internamente los comentarios salen por riguroso orden de fechas y aunque es posible, supongo que entenderás que buscar entre 6340 comentarios cual es el que tu indicas es algo titánico. Hola Entiendo que de ser así, no se trataría de un particular, sino de un conjunto o plataforma de disconformes. Al día siguiente de extinguido el vinculo laboral. En cuanto a la buena fe la tiene que determinar el Juez… si bien lo más probable es que haya que demostrar la mala de la segunda transmisión. No habiendo visto la escritura poco puedo opinar sobre el tema, más lo cierto es que si hay un error al reflejar la escritura en el Registro de la Propiedad, el registrador responde de dicho error con todos sus bienes presentes y futuros. Jamás he recomendado que una escritura no se inscriba, es más, aunque el Reglamento Notarial no me obligara (que lo hace) siempre procuraría como Notario, que la escritura se inscriba y haría lo necesario a dicho fin. Por otro lado contestar a la pregunta que me hacía de si en el Registro había una o dos fincas, la finca es una, no se cambió nada desde 1950 cuando la hicieron mis abuelos , no hay agregación ni añadidos. El día 31 de marzo le done a mi padre mi parte y la de mi marido de 2 pisos y he ido a por las escrituras y las he pagado. Muchas gracias. El portal jurídico más leído del Perú. Decidir cual es el punto en el que el precio es o no ridículo es algo complicado y corresponde a los tribunales de jusiticia, por lo que anticipar un juicio ajeno siempre es una temeridad; no obstante si te fijas, la diferencia porcentualmente es alta pero cuantitativamente no, yo estaría tranquilo, pero ten en cuenta que es una opinión estrictamente personal. Se me indicó que en el registro de la propiedad aparece el solar (a nombre del vendedor), pero no la vivienda construida pues el vendedor no realizó en su momento la declaración de obra nueva ni la división horizontal. Estamos en negociaciones para adquirir una vivienda la cual ha sido recientemente inscrita en el RP mediante un expediente notarial de doble título. Ups, mi gozo en un pozo. Si la registro, ¿cuanto tiempo he de esperar para poder hipotecarla? Me entero que mi finca se había subastado por una deuda del anterior propietario, miro en el Registro de la Propiedad y ya esta a nombre de un Banco. Buenas noches! Con los ejemplos que ha presentado (uno respondía a la perfección a la búsqueda que hice)… estoy en suspense puesto que el tema fue en otra dirección. ¿Es esto así? Hola, como esta?, compre a una promotora un garage con un trastero y lo deje ya pagado, tengo un contrato privado con la promotora, el caso es que antes de escriturar ,el edificio ha sido embargado por el banco que dio dinero a la promotora para su construcción, piensa usted que este contrato tiene validez para que el banco respete el dinero que hemos dado, hay en total 19 afectados. Hace aproximadamente 10 años y tras casi 30 de matrimonio se divorciaron, quedando pendiente de pago de dicho préstamo aproximadamente unos 3000 euros en el momento del divorcio. Un cordial saludo. Sospecho que, tampoco están inscritas en el Registro. Sobre lo de las dudas, y si te sirve de consuelo, andamos en el mismo barco; cuando más avances en el apasionante mundo del derecho, más te darás cuenta de tus limitaciones; no dudes en pedir ayuda a un compañero, para eso estamos. Ella falleció hace 4 años, que es quien llevaba todo desde que murió su esposo. ¿De qué manera se puede regularizar esta situación? Hola D. Francisco, Buenos días. Teniendo en cuenta lo anterior…entiendo que si una persona realiza una compraventa privada de un inmueble (es decir sin acudir al notario) quien compra se hace propietario desde ese momento? o ha perdido sus derechos? Cabe la posibilidad de que le pueda mandar una foto de las escrituras por si hubiese algún error? Cinco hermanos propietarios de tres fincas de cultivo por donación de sus padres, por quintas partes proindiviso, en escritura pública hecha diez años antes (en 1971). 1 Efectivamente probablemente esa afección se deba a posibles liquidaciones complementarias del ITP, pero debería la información especificar más a qué obedece, 2 Puede pedirlo, más no veo la utilidad pues la comprobación de valores corresponde a la CCAA no a ti, aunque alguna tranquilidad puedes obtener. 2. Ese es el criterio del abogado, más no el mío, creo que es a él a quien hay que pedirle explicaciones, pues estamos hablando de una escritura que yo no firmaría y de un documento cuya validez cuestiono. No obstante el problema más que tuyo es del vendedor, pues es él quien no tiene la documentación actualizada (aunque evidentemente si tienes mucho interés en la vivienda os afecta a los dos). Le planteo mi problema. 4 Como quieras, pero lo lógico es que seas tu quien retenga el dinero. No se cual es la solución … escriturar otra vez?. Saludos. No sé de donde nacerá esta confusión, pero es cierto que es muy extendida. Al Unisono, existia un procedimiento de ejecucion hipotecaria contra el antiguo propietario, que a la fecha de ser adjudicada a mi, permanecia en stand-bye. II Presentado testimonio de la citada sentencia expedido el día 10 de mayo de 2019 en el Registro de la Propiedad de Vilanova i la Geltrú número 2, fue objeto de la siguiente nota de . De entrada es distinta la escritura de herencia que la escritura de venta; en todo caso te recomiendo que contrates a un gestor (muchas notarías se encargan de ello) pues explicarte aquí por escrito lo que ya te ha explicado mi compañero y no has entendido implicaría tener que hacer un post entero. La duda surge porque hay discrepancias sobre si es obligatorio o no registrar que los nuevos propietarios de esas viviendas somos sus 14 sobrinos ( sí nada menos) y una hermana del fallecido. Consultoría & Actualidad S.A.C. Sería muy recomendable, para evitar la aparición de terceros de buena fe, que esa escritura fuera aportada al proceso concursal, y que la inscribieras, pero por lo demás y si haces lo que te digo, puedes estar tranquilo. ¿ puedo estar tranquilo presentando en el registro estos datos.? 9. Susana. Lo más sensato es que quien te venda arregle tu documentación, o cuando menos que asumas que el acceder al Registro de la Propiedad tiene unos costes y que alguien ha de soportarlos. ¿Qué se podría hacer para meter esa finca dentro la herencia como propiedad de mi abuelo? Buenos días, Estimado Francisco… la emoción es compartida. El monto de dicho estipendio debe declararse de manera mensual en la PLAME. Una solución es el expediente de dominio, que ahora se hace ante Notario; otra es hacer la herencia, y complementarla con un acta de Notoriedad. Estoy un poco perdida. Mi pareja y yo teniamos una empresa, la cual fue intervenida por hacienda, nos embargo 2 pisos, 1 local comercial, y 7 plazas de garage que se encontraban a nombre de la sociedad, mas dinero y creditos de clientes de clientes. El expediente de dominio es un proceso largo y costoso. ¿Otorgan la propiedad de tu piso ?. En el caso que tu dices es imposible inscribir la venta si no se inscribe la herencia, pues en el Registro el dueño es tu padre y obviamente no puede vender. El Registrador en un comienzo admitio a tramite que la vivienda fuera registrada con ese documento, sin embargo, ahora solicita que el documento se ratifique completamente de forma publica por medio de los herederos cosa que como ya señale es casi imposible. Pues nada Luis, explica tu mejor y de forma más amena el carácter no constitutivo de la inscripción y que en España se adquiere la propiedad como consecuencia de la tradición con justa causa. En esas escrituras los padres ya fallecidos ceden propiedad a sus tres hijos. las estructuras del t-registro aprobadas en el anexo 3 de la resolución ministerial n. ° 121-2011-tr que se validarán a través de este programa son las siguientes: estructura n. ° datos personales del trabajador, pensionista, personal en formación - modal format laboral y personal de terceros. Al menos esa es la regla general. A la hora de inscribir en el registro ese auto de adjudicacion.. que impuesto/s esta obligada la empresa a liquidar? Cuando digo algo raro, quiero decir que las fincas ni se crean ni se destruyen, ni aparecen ni desaparecen porque sí en el Catstro (aunque el funcionamiento de este organismo no es perfecto) mi duda es dónde está esa finca, y si alguien ha incoado un expediente de rectificación catastral. Ha intentado pincharme con un VIERGO. Hola, muchas gracias de antemano por su atención. Espero que entiendas que no puedo opinar sobre una escritura que no he visto, y en la que permíteme que no acabe de entender bien cómo se disuelve una comunidad y no se «advierte por escrito que las cinco partes sean en proindiviso». Mi padre era propietario de una casona solariega , a su muerte la heredamos 4 hijos. Por lo demás, si no te importa, este blog lo llevo gratuitamente, y escribo lo que me parece oportuno. ¿ Debería buscar un abogado, no me fío de los que supuestamente han de velar por mis intereses que para eso les pago ( inmobiliaria). Aunque el local sea de tus padres, no estaría de más investigar si alguien ha realizado «algo raro» en el Registro de la Propiedad; sin embargo lo que si que tengo que reprocharles es que lleven un tiempo sin pagar el IBI, y hayan creído en la «bondad» de hacienda y lleven «unos años» sin pagar el Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (Contribución), lo adecuado es que vayan a Catastro y pregunten (muchos ayuntamientos ayudan en estos trámites), pues parece que hay un error catastral y hay que rectificarlo. Sin embargo ni compras solar ni casa, sino lo que compras es la cuota indivisa que tus hermanos tienen en una cuota indivisa. (para tener claro y por escrito que no existen irregularidades urbanísticas o, en su caso, han prescrito). Sin ver el historial de lo sucedido poco puedo decirte, salvo que la casa responde del embargo (al menos en principio) y que hay que comprobar: 1 Qué decía la nota del registro que el Notario pidió antes de firmar la escritura. Hola, vuelvo a insistir en mi tema y dar la lata ya que el tema que me trae de cabeza tiene flecos por todos lados y no logro sacarlo adelante.Después de que en la Notaría se les haya pasado la falta de comprobación de escrituras,ahora hay otro nuevo tema: exceso de cabida . ¿Es un proceso complejo? Las operaciones que se fiscaliza son principalmente tres: Alta de trabajadores Modificación de datos Baja de trabajadores Estas operaciones también aplica para los derechohabientes. 3. El registro inscribió lo que decía la escritura, pero es que la escritura decía lo que tu y el comprador acordasteis, se te leyó, se te explicó y lo consentiste (de hecho el comprador seguramente afirmará que así sucedió). Hola! La Sociedad parece estar saneada en un informe mercantil solicitado y no consta ninguna incidencia judicial que haga sospechar lo contario. Nota: Este artículo no se aplica a aplicaciones web de Access. ¿Tienen derecho a hacer eso? ¿Podremos reclamar daños y perjuicios, o es un caso perdido? Lab. por otro lado se pide nota simple catastral y figura como 100% propiedad la hermana que vive en la casa. ¿A qué podría deberse esa segunda inscripción en blanco? No sé cómo terminara esto pero sería del todo injusto que por 3500e mí madre con 75 años se viera Efectivamente en caso de demanda de extinción de condominio puede llegarse a pública subasta; más el que algo puede acabar de una forma, no quiere decir que acabe así. Respecto a qué puede pasar con algo que desconozco y sin ver la documentación, es pedir un imposible; más no entiendo esa «urgencia» del propietario de querer endosarte a ti su problema y que tu veas normal pagar por llevarte problemas. La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. El que tome posesión sin hacértelo saber, depende: de un lado si tu ostentas o no la posesión y de otro si la posesión la ha reclamado o no judicialmente (aunque en este caso deberías haber sido citado). Podemos usar expresiones lambda para especificar el parámetro patrón en la función Array.FindIndex (). Antes de nada, gracias anticipadas por todo cuanto llevo leído en este estupendo enlace. Algun abogado me ha dicho que tengo perdida la propiedad. Otra duda. esto es mas bien una pregunta a si que pido perdon si no es el sitio adecuado aunque creo que si.estamos intentando comprar una vivienda sera nuestra1vivienda pero a la hora de tasarla el tasador nos a comunicado que no puede hacerlo por que enescritura solo constan 40m y la vivienda mide mas la agencia me dice que estan pendiente de arreglarlo pero claro no me dicen cuanto, hace 20años que se realizaron las mejoras ¿me podria decir cuanto se tarda en efectuar un registro de obra nueva? Y para facilitar el trámite, el banco implementó un plan piloto que permite solicitar la nueva tarjeta por Internet y recibirla directamente en el domicilio. Al intentar hacerlo actualmente, me encuentro que la constructora que me vendió la casa se encuentra en concurso de acreedores. Podría solucionar el registro de la casa, su paso a mi propiedad como heredera, los trámites de sucesión que lleva un testamento en la misma operación de venta de mi casa y compra de otra? ¿Podrías decirme en base a esas normas cómo has llegado a esa conclusión? Me gustaría plantear mi situación por si alguien puede aconsejarme porque es muy poco frecuente y no encuentro nada relacionado. Mi hermana estaba casada en régimen de gananciales, durante el matrimonio solicitaron un préstamo personal. Da clic sobre "registro" y luego en "alta" para comenzar con el llenado de la planilla. La inscripción en el Registro de la Propiedad es voluntaria e incluso la aceptación y partición de herencia no tiene por qué hacerse en escritura, eres tu quien decide los riesgos que quieres correr, y la publicidad que quieras dar a tu propiedad (obviamente en tu caso pocos riesgos hay). en caso de no ser correcto. Hola nuevamente Marta, este blog no es un consultorio jurídico gratuito, y sobre la validez de la donación ya me he pronunciado, creo que lo más correcto es que acudas a un abogado. Un router con un sistema operativo válido contiene un archivo de configuración almacenado en la NVRAM. con el Banco xxx. Hola María, no es problema alguno, ni hay plazo para inscribir, aunque cuanto antes lo resuelvas, seguro que te ahorras prisas del día de mañana. saber si es correcto que anteriormente a 2017 ,¿el donatario carecía del documento como tal?pues hasta lo que yo sé, el original se queda en la notaría,saludos. Te deseo la mejor de las suertes, y en todo caso te pido disculpas si te ofenden mis palabras, pero creo que es más adecuado decirte lo que pienso y lo que creo que es verdad en vez de crear falsas expectativas y prolongar la agonía (sea como fuere el problema es de tal entidad que este blog se queda corto para resolverlo). Ya veo que es un camino dificil y poco creíble, pero el caso es real y demostrable. Ningún problema tienes en pedir el testamento de la señora, así como el certificado de defunción y el del registro general de actos de últimas voluntades para que compruebes que es cierto lo que creo que ambos sabemos que es casi seguro. Qué podemos hacer para conseguir hacer una escritura o documento judicial o algo que establezca que él es el propietario? Buenos días Francisco ,ante todo agradecer la cantidad de dudas que nos resolvéis a diario,. Respecto a la vivienda vendida, esta venta la hicieron mis padres hace quince años a una persona de nacionalidad extranjera, sabemos que fueron a un notario pero no sabemos que tipo de documento firmaron, ya que a mi padre que es el único que sobrevive pero le dio un ictus y no puede hablar y aparte de que por motivo de cambio de vivienda no encontramos ningún documento sobre aquella venta. Muy buenos días. El problema es que mi padre y mi madre fallecieron y ahora que hemos heredado esa parcela seis hermanos, dos de ellos quieren que le compremos su parte (la legítima que es lo que tienen en testamento), mi pregunta es ¿podemos comprar su parte de un solar urbano con una vivienda que no es legal, que no está registrada y que está dentro de una finca que esta sin segregar( por normativa no se puede segregar) y con otra vivienda más que tienen otros titulares ?. Muchas gracias. En 1990 mi hermano me vendió por un importe de 375000 ptas. ¿Es correcto? A hacienda le comunicamos los notarios directamente todas las operaciones que realizamos, es una de nuestras obligaciones legales, y se realiza informáticamente. De todas forma gracias por tus consejos y si que iré a un abogado, pero por lo menos con tus repuestas voy mas orientado. Muchas gracias, un cordial saludo, Muchas gracias y un saludo. 2) Podría usarse en nuestra contra en algún momento? Hola Francisco. los datos: La inscripción es voluntaria, aunque es el comprador quien ha de decidir si quiere o no inscribir. el problema para modificar el R.P. Pregunté el precio de cuanto supondría la cuantía para poder hacerlo y tras eso, intermediar para que él intentara de una vez, registrar nuestro domicilio. Esto quiere decir que un mismo TDA puede ser implementado . En primer lugar crearemos una nueva base de datos con el nombre PruebasDuplicados, y dentro de esta, una tabla que llamaremos Ventas, cuyas filas procederán de la siguiente sentencia sobre la base de datos AdventureWorks, que devuelve datos duplicados con los que podremos realizar nuestras pruebas. ¿Tendría algún problema a la hora de enredarlo a mis hijos? ¿Tendrá más fácil ese tercero realizar el Registro porque ya no adquiere directamente del titular? Dejadez . Me gustaría saber si: 1. 629 LEC entiendo que debo pedir al Juzgado que libre mandamiento al Registro para que tome anotación preventiva de suspensión de la anotación del embargo. Perdón , he dado a enviar antes de hacer una pregunta. Es un órgano conformado por la representación del empleador y de los trabajadores que garantiza el funcionamiento del sistema de seguridad y salud del trabajo. No es ninguna molestia atenderte, y encantado de resolver tus dudas (en la medida de mis posibilidades) así que preguntas lo que quieras, aunque he preferido responderte telegráficamente porque quizá así lo entiendas todo más claramente en vez de hacer una disertación sobre el tema. Podría explicarme que puedo hacer?. Ante todo, podrías haber pedido sin más tu misma una copia de la escritura. Habla con la Notaría, seguro que tiene fácil solución el tema. Solo puedo decirte que la operación que pretendes es muy arriesgada. Pregunta en la Notaría más cercana, cual es la solución más adecuada a vuestros intereses. Muchísimas gracias por anticipado. Muy agradecido por su respuesta. EXISTEN AFECCIONES FISCALES CADUCADAS Y PENDIENTES DE CANCELAR. Antes de vendérmelo a mí la Cooperativa se lo vendió a una Inmobiliaria y esta pasó a vendérmelo a mí. No se llevó al Registro el acto aunque hay escritura de partición judicial y protocolización de la herencia con la nueva medición. Puedes tramitar solicitudes de información, así como solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales, en las oficinas del Instituto ubicadas en Viaducto Tlalpan No. Mis padres se divorciaron hace 30 años y no volvimos a tener contacto con mi padre; el usufructo se le adjudicó a ella en sentencia judicial quedándonos sus hijos viviendo con mi madre. No. Verá recientemente he adquirido una plaza de garaje mediante escritura pública ante notario. D. Francisco, un saludo y gracias por siempre ilustrarnos en tan interesantes temas. El problema es que no está ni perdida ni destruida, simplemente no se sabe donde está, y el problema es de imposible solución, pues el sistema protege la privacidad del ciudadano hasta el punto de que es él el responsable de decidir si quiere o no inscribir su escritura, y si no lo hace sólo conservando la copia o algún documento (por ejemplo la factura del notario) es posible encontrarla. Tengo varias preguntas: También tenemos la escritura de compra de mi abuelo a un anterior propietario, pero la finca nunca ha estado inscrita. La escritura no la pasamos en su día por el registro, pensando erroneamnete que este tramite lo habia realizado el notario. ¿lo dejo sin inscribir ya que tengo la hipoteca y el problema es de ellos? Una vivienda de unos cincuenta años es legal, pues las acciones para restaurar la legalidad urbanística han prescrito (distinto es que pueda o no estás fuera de ordenación), Por supuesto que puedes comprar (personalmente creo que lo procedente es: o hacer la partición o disolver el condominio -y las consecuencias fiscales del negocio varían-). Buenos días, al morir mi padre, mi madre pagó la plusvalía de la vivienda ya que se quedó con la parte de mi padre y presento el impuesto de sucesiones (no le tocó pagar). Te recomiendo que vayas a un abogado y te asesores mejor. Entiendo que es difícil sin tener la documentación contestar, pero con lo que me ha dicho es mas que suficiente para tener una idea, ademas prácticamente todo lo que me ha dicho es lo que yo pensaba, el caso es que quería confirmarlo, porque realmente tampoco yo dispongo de toda la documentación completa. En este caso ¿dónde se depositaría dicho dinero? Buenas tardes. ¿Se debe agregar carreras que se cursaron en el extranjero? Marcos Suclupe Mendoza Tengo un grave problema que no logró entender… Mi abuela nos desheredó, sin motivos, no había relación. Me interesa realizar esta operación o corro un gran riesgo de quedarme sin este terreno el día de mañana? No obstante, y perdone mi insistencia, al margen de lo que le corresponde a las tasas municipales. Esto me está suponiendo un calvario económico y sobre todo emocional y no por el valor material de los bienes. .- Finalmente porque, como todo el mundo, trabajo por dinero, y la verdad es que llevo el blog por puro placer, por lo que aunque cobrara, tampoco estaría dispuesto a ello. Mis dudas son las siguientes. Y a partir de ahí hacer Escrituras y Registro a nombre de mi padre? Podría decirnos qué podemos hacer , o indicarnos alguna alternativa para sugerirle a nuestro abogado?. También es importante recordar que la Resolución de Superintendencia 066-2015-SUNAFIL, se emitió la “Directiva  que  establece  el  protocolo de  actuación  inspectiva  sobre  el  riesgo   de la situación de los trabajadores en el T-Registro” la cual se encuentra publicada en el portal web de Sunafil y que debe ser aplicada por todos los inspectores de trabajo, inspectores auxiliares e inspectores supervisores. Hola Isidro, poco más puede haber, salvo que tengas cuidado con ese artículo 207 y compruebes la fecha de la inscripción y esas transmisiones. Siendo así, mi preocupación y desconocimiento son altos, ya que la propia inmobiliaria me ha señalado que pueden tardar un tiempo en realizar la escritura de aceptación y posteriormente en inscribirla en el Registro, por lo que me preocupa realizar una compra-venta antes si quiera de que ellos realicen dicha escritura. ¿Cuál es la sanción en caso de incumplimiento de lo establecido en la RM 107-2014-TR? He leido su articulo, y tengo un problema. No me ha molestado lo más mínimo tu comentario, espero que no te moleste a mi el mío. Claro que puedes dejarla en tu herencia, el problema sólo es que hasta que no se inscriba en el Registro de la Propiedad la primera herencia no podrá inscribirse la segunda (pero eso ni limita la posibilidad de transmitir, ni altera la titularidad), Hola Francisco. La adquisición se formalizó en escritura, pero ésta se había perdido en un incendio. La respuesta es que si, más el problema es encontrar un comprador que confíe en la titularidad. Puede que haya necesidad de simplemente saber si existe, pero también es posible que necesitemos obtener la posición de un elemento, es decir, su índice. Como bien dices, si el heredero se sabe tal heredero, el plazo para aceptar a beneficio de inventario ha vencido, por lo que o acepta pura y simplemente (con el consiguiente riesgo de responsabilidad personal por deudas -riesgo dudoso, pues pedir responsabilidades en Uruguay es difícil, por no decir imposible-) o renuncia. Le comento: tengo una vivienda escriturada a mi nombre desde el año 1984 pero no la tengo inscrita en el RP (sigue a nombre del anterior propietario que es mi señor padre, por lo que no hay riesgo). ¿Se puede registrar la escritura, con padres y un hijo ya fallecidos? El catastro figura a mi nombre y el IBI también y el Notario también lo puso en las Escrituras. Título de la Revista: Actualidad Laboral Por supuesto que la buena fe se presume y que es difícil demostrar que tu sabes todo lo que cuentas; sin embargo es señor tiene pinta de haber realizado uno o varios alzamientos de bienes. Ambas inscripciones son por tanto correctas, aunque cómo es lógico, la propiedad es de aquel que haya causado la última inscripción. Pero aquí me surgen dos dudas:. Tengo un correo tuyo pendiente de respuesta, peo cree que estoy muy liado y tu asunto es complejo; creo que es necesario que lo estudie detenidamente, para aunque sea tarde darte una respuesta minimamente seria. Ahora siguiendo el procedimiento correcto judicialmente, lograremos que la realidad se imponga y la justicia también. Pero, todo y que al principio creyeron que debían registrar la aceptación de herencia, el Registro de la población correspondiente no lo ha considerado necesario. ¿Que mas se me escapa? These cookies will be stored in your browser only with your consent. Muchas gracias por su respuesta. A ambos les he explicado que tienen el «gravísimo problema» de que ni pueden hipotecar el puesto del mercado de abastos (por otra parte dudo mucho que alguna entidad de crédito actualmente acepte como garantía hipotecaria un local de negocios) ni pueden hipotecar la casa. Buenos dias, tengo una consulta un tanto atípica; Cómo hacer para embargar el 50% de una finca que posee 2 titulos de propiedad pero sin estar inscrita en el registro? Muchas gracias. Al ser necesaria la unanimidad, ¿valdría un acuerdo muy anterior?. estando totalmente de acuerdo en la seguridad jurídica y la confianza que da una escritura pública y su inscripción en el registro de la propiedad, en el caso concreto de que una finca rústica con construcción no inscrita en el registro de la propiedad y que no puede inscribirse en el Registro de la Propiedad (tengo la duda del motivo, pero no estaba inscrita por incumplimiento de la normativa urbanística) entiendo que la diferencia está en que la escritura es un título ejecutivo a efectos de la LEC, pero respecto a los embargos, no podría ser embargable al no estar inscrito en el registro de la propiedad y sería muy difícil la doble venta si la finca rústica inscrita no permite nuevas inscripciones hasta su recalificación urbanística, sé que es un caso raro, pero en ese caso, entiendo que la gente «se la juegue» sin la escritura, vuelvo a circunscribir el caso a reparcelaciones en las afueras de ciudades (+ 10 kilómetros) que incumplen la normativa urbanística (mínimo de metros para reparcelar) y que se siguen transmitiendo mientras no sé regulariza la situación de las construcciones de dichas urbanizaciones de rústicas a urbanas (existen ayuntamientos con situaciones de hecho de más de 10-15 años).
Desarrollo Del Aprendizaje, Actividades De Exploración Del Medio En La Primera Infancia, Manual De Salud Ocupacional, Cuanto Gana Un Practicante De Derecho En Perú, Universitario Vs Cesar Vallejo Alineaciones, Deficiencia Significado Médico, Características Del Desempeño Docente,