Resolución de aprobación del Título Profesional del Consejo de Facultad. Artículo 86° El trámite para la emisión de los duplicados de diplomas de los grados académicos y títulos profesionales, se realizará a través de la oficina de Secretaría General, de conformidad con la Ley N° 28626 que faculta a las universidades para expedir los duplicados de diplomas de grados y títulos profesionales y de acuerdo con los requisitos establecidos por la SUNEDU. Investigación. Desde aquí podrás el descargar el documento del Reglamento de Estudios de Pregrado Versión 1.1. en la parte inferior, según lo establecido por la Unidad de Biblioteca. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Posgrado, para ratificación de Jurados, para revisión del borrador de la Tesis o trabajo de investigación. Constancia de egresado, indicando el día, mes y año de egreso, el número de créditos concluidos y el año del plan curricular desarrollado, acorde a la Ley N° 30220, expedido por la Dirección de Escuela de Formación Profesional correspondiente, verificando el registro estadístico de datos del graduado. 22. Tipo de investigación. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad, para fecha y hora de sustentación. 3.4. 2. 2. 16. 1957 - FALLECE GABRIELA MISTRAL. 3.5 Técnicas e instrumentos de recolección de datos. 6. Resolución de aprobación del Proyecto de Investigación. 9. Código: Versión: Fecha: Registro: GAC-RE18-08 Ver. Constancia de No Adeudar a la Escuela de Posgrado. 30) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad, para aprobación del Grado Académico de Bachiller, por Consejo de Facultad (FUT). Constancia de matrícula del primer semestre, indicando día, mes, año y el número de créditos acorde a la Ley N° 30220; expedido por la Oficina de registros académicos de su Facultad o la que haga sus veces, en caso de alumnos provenientes de universidades con licencia denegada. Cualquier consulta para fecha de colación ingresar al siguiente link: La inscripción y registro del diploma de los Grados y Títulos ante la SUNEDU, así como de la entrega del diploma con las respectivas firmas al interesado, previa presentación del recibo por derecho de Ceremonia de Colación de Grados y Títulos. 31. Procedimiento de Licenciamiento. 28. El presente reglamento tiene por objetivo normar los procedimientos por los cuales el egresado logrará la obtención del grado académico de bachiller y título profesional que confiere la Universidad Peruana Los Andes, conforme a lo establecido en Ley Universitaria N° 30220. Escaneado y guardado en PDF. Artículo 51° Para la inscripción, revisión y aprobación del proyecto de investigación el egresado deberá presentar una solicitud dirigida al Director de la Escuela de Posgrado, solicitando nombramiento de asesor, revisión y aprobación de proyecto de investigación, adjuntando los requisitos solicitados por la dirección de posgrado. ________________________ Mg. o Dor. Artículo 50° Para la inscripción, revisión y aprobación del tema de: la tesis o trabajo de investigación, el aspirante deberá presentar una solicitud dirigido al Director de la Escuela de Posgrado, solicitando la constancia de inscripción del tema de tesis. Código: GAC-RE18- 01 Versión: Ver. Una vez conforme la Unidad de Grados y Títulos, eleva su dictamen al Decanato, para que emita la resolución de expedito. Escaneado y guardado en PDF. CUARTA: Para ejecutar los trabajos de investigación, trabajos académicos o tesis los estudiantes o egresados, podrán utilizar los Laboratorios de Investigación de la UNDAC, asesorado por un docente asesor. Close suggestions Search Search. Artículo 18° El jurado calificador está constituido por 04 docentes ordinarios: 03 titulares y 01 miembro accesitario, quien ante la ausencia de uno de los miembros titulares éste lo reemplazará. c) Estar inscrito en el CTI – Vitae Hojas de Vida a fines a la Ciencia y Tecnología. 45°, numeral 45.1 de la Ley N° 30220, para ingresantes a partir del año 2015. 8. 23. Artículo 11° El (la) aspirante al título profesional presenta la Resolución de aprobación del Proyecto de investigación que le permitió obtener el Grado Académico de Bachiller y el borrador de la Tesis desarrollada, adjuntando solicitud para la designación de Asesor, dirigido al Decano de la Facultad correspondiente, quien dentro de un plazo no menor de (05) días hábiles emitirá la resolución del nombramiento del docente Asesor, para su revisión e informe de conformidad. COMUNICADO 10. Copia fotostática ampliada y legalizada del Documento Nacional de Identidad. RESOLUCIÓN RECTORAL N° 037-2022-UNDAC-R. . Constancia de matrícula del primer semestre, indicando el día, mes y año de matrícula, el número de créditos matriculados, acorde a la Ley N° 30220, expedida por la Oficina de Registros Académicos de la Escuela de Posgrado de la UNDAC o de la Universidad de Procedencia con licenciada denegada, según sea el caso. El Archivo, debe ser guardado en PDF, editable. 17. 9. 28. Artículo 13° Con el informe favorable, el asesor remitirá el trabajo de investigación para el grado académico de bachiller o borrador de tesis para el título profesional a la Unidad de Investigación de la Facultad, para su registro y verificación sobre la originalidad de acuerdo con las líneas de investigación de la Universidad; que se realizará a través de un sistema de antiplagio, el mismo que emitirá el informe correspondiente al Decano; en caso de plagio quedará observado, debiendo el aspirante retirar el trabajo de investigación o proyecto y presentar otro nuevo; recibido el informe de originalidad y el informe favorable del asesor el Decano emitirá la resolución de aprobación del trabajo de investigación o proyecto de investigación, en un plazo no mayor de 05 días hábiles. 6. Constancia de dos (2) idiomas extranjeros uno de los cuales puede ser sustituido por una lengua nativa, expedida por el Centro de Idiomas de la Escuela de Posgrado. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad, para ser declarado expedito para optar el Grado Académico de Bachiller, (FUT). …… PRESIDENTE _______________________ Mg. o Dr. … MIEMBRO _________________________ Mg. o Dor. Requisitos para el Grado de Bachiller, Título Profesional y Suficiencia. Tipo de investigación 4.2. Copia del acta de nacimiento certificada por la municipalidad que le otorga o Acta de Nacimiento expedido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC. 1.4.1 Objetivo General. El Archivo, debe ser guardado en PDF, editable. 15. Abg. 19. Resolución de aprobación de la inscripción del Trabajo de Investigación. Artículo 21° La condición de miembro de jurado calificador es irrenunciable, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados como: enfermedad, cese o licencia. Comité de Ética - Reglamento; Responsabilidad; Revista PRAXYS; Plan de Trabajo - Ética de Investigación . Address: Copyright © 2023 VSIP.INFO. 25. CAPÍTULO I DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER Artículo 6° El grado académico de Bachiller requiere haber aprobado los estudios de pregrado, así como la aprobación de un trabajo de investigación, entendiéndose por trabajo de investigación el Proyecto o Plan de Tesis, el mismo que el/la egresado(a) pudo haber realizado durante su formación profesional y el conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia inglés o lengua nativa, certificada por el Centro de Idiomas de la UNDAC en concordancia al Art. 4. 14. 17. Formato de Autorización para la Publicación de la tesis en el Repositorio Institucional. Para el Repositorio Institucional de la UNDAC, adjuntar un CD regrabable conteniendo los 40. siguientes: • Tesis, T026_NRO DNI_M. El objetivo del Reglamento de Grados y Títulos es determinar los criterios de validación que asumen las áreas académicas y administrativas en el proceso. Artículo 2° Los Grados Académicos, Títulos Profesionales y Títulos de Segunda Especialidad Profesional, son aprobados por Consejo de Facultad y conferidos por Consejo Universitario; y los Grados Académicos de Maestro y Doctor, son aprobados por Consejo Directivo y conferidos por Consejo Universitario; todos estos serán acreditados mediante sus respectivos diplomas expedidos por la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, a “Nombre de la Nación”, siendo para pre grado con la firma del Rector, Secretario General, Decano de la Facultad correspondiente y el interesado (a) y para Posgrado con la firma del Rector, Secretario General, Director de la Escuela de Posgrado y el interesado (a). Informe de aprobación del trabajo académico (ensayo) o tesis de los tres jurados. 3.2. a) b) Presentar una carta de compromiso para asumir el asesoramiento del graduando hasta la sustentación y aprobación de la misma. El acta deberá ser firmada, por todos los miembros del Jurado y deberá ser de conocimiento del (la) aspirante, quien podrá presentarse por única vez a una nueva sustentación, previa superación de las observaciones formuladas y trámite en un tiempo no menor de treinta (30) días hábiles. Recibo de pago por derecho obtención del Título Profesional. Resolución de aprobación del Proyecto de investigación. Artículo 90° La autorización de la publicación de los trabajos de investigación, tesis, trabajos académicos y trabajos de suficiencia profesional, al Repositorio Académico Institucional tendrá dos accesos: a) b) Abierto: que será público y accesible al documento completo por cualquier usuario que consulte al repositorio. 2. De modo tradicional o analógico, esto último, mientras dure el estado de emergencia sanitaria que obliga al distanciamiento social. Recibos de pagos por derecho de expedito. El título profesional solo puede obtenerse si el Grado de Bachiller se obtuvo en la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión; a excepción de alumnos de universidades que no lograron el licenciamiento. • Constancia de Matrícula, Grabado con código CM026_NRO DNI_T. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Posgrado, para ser declarado expedito, para optar el grado académico de Maestro. 22. Artículo 67° El Secretario Académico, que actúa como secretario elabora el acta respectiva. …… MIEMBRO ANEXO 10 UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN ESCUELA DE POSGRADO PROYECTO DE INVESTIGACIÓN/TE SIS/TRABAJO ACADÉMICO Título: Centrado, en letras altas y bajas (mayúscula y minúscula) Sustentada y aprobada ante los miembros del jurado. Constancia de matrícula del primer semestre, indicando el día, mes y año de matrícula, el número 27. Artículo 16 – A Mientras dure la emergencia sanitaria decretada a nivel nacional, los interesados deberán presentar la documentación antes referida, usando dispositivos informáticos. La defensa de la tesis se realiza durante cuarenta y cinco (45) minutos, luego el (la) o los (las) sustentantes deberán absolver interrogantes u otras dudas del jurado evaluador por otros quince (15) minutos. Artículo 4° La Base legal y normativa del presente reglamento son:       • • • •  de La Constitución Política del Perú Ley Universitaria N° 30220. Artículo 22° La inasistencia injustificada al acto de sustentación de cualquiera de los miembros de jurado o del asesor, será sancionado mediante suspensión por un periodo de un (01) año y se emitirá una resolución de demérito con copia a su file personal, con aprobación de Consejo de Facultad y comunicando al Consejo Universitario. 14. El dictamen deberá considerarse según sea el caso las siguientes calificaciones: a) Aprobado (13.5 a 20) b) Desaprobado. Artículo 58° Con el informe favorable del asesor y de los jurados el Director de la Escuela de Posgrado remitirá el proyecto de investigación a la Unidad de Investigación de la Escuela de Posgrado, para su registro y verificación sobre la originalidad de acuerdo con las líneas de investigación de la Universidad; que se realizará a través de un sistema antiplagio, el mismo que emitirá el informe correspondiente; en caso de plagio quedará observado, debiendo retirar el aspirante el proyecto de investigación y presentar otro nuevo; recibido el informe de originalidad y el informe favorable del asesor y de los jurados, el Director de la Escuela de Posgrado emitirá la resolución de aprobación del proyecto de investigación, en un plazo no mayor de 05 días hábiles. Resolución de expedito. Artículo 49° La tesis del doctorado, constituye un estudio de carácter científico, inédito, original y riguroso en contenido y metodología, con apreciable aporte creativo por parte del doctorando, cuyo s resultados y conclusiones refleja una explicación científica del tema estudiado dentro de la disciplina, debe corresponder a las Líneas de Investigación de la UNDAC. Artículo 7-A En tanto se mantenga el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional, los citados requisitos serán presentados de forma virtual a los Decanatos respectivos, los mismos que nominarán Asesor, utilizando herramientas virtuales. Procedimiento de validez y confiabilidad (para posgrado obligatorio) - Otros que considere necesario. 11. 16. Planificación del trabajo 2.1 Descripción del trabajo de suficiencia profesional 2.2 Justificación 2.3 Objetivos del trabajo de suficiencia profesional III. Si desaprobara nuevamente, deberá realizar un nuevo trámite administrativo con otra Tesis en un plazo no menor de sesenta (60) días calendario. Juan Pablo II 306, Bellavista - Callao Teléfono: (511) - 429-6608 Email: webmaster@unac.edu.pe Certificados de Estudios Superiores concluidos, de la universidad de origen (en caso de alumnos de universidades con licencia denegada) En caso de alumnos de universidades con licencia denegada, deberán elaborar y sustentar un trabajo de investigación en atención Acuerdo 001-029-2019 de su Consejo Directivo SCD-0292019, que dé cuenta de las competencias o aprendizajes exigidos por la UNDAC, los que deberán ser sustentados en la Facultad que corresponda; siguiendo el proceso señalado para alumnos regulares de la UNDAC. Presentación, análisis e interpretación de resultados. estudiantes de la undac inician programa de acompaÑamiento de tutorÍa para el soporte emocional 3 agosto 2020 r.v. Discusión de resultados CONCLUSIONES RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFÍA. 26. Constancia de inscripción del Diploma del Grado Académico de Maestro en el Registro Nacional de Grados y Títulos del Perú, SUNEDU. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Posgrado, para ser declarado expedito, para optar el grado académico de Doctor. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 01827-R-17 de fecha 11 de abril de 2017, se aprobó el REGLAMENTO GENERAL DE GRADOS Y TÍTULOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS; (0 a 13.4) TITULO V DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO Y DOCTOR CAPÍTULO I REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO Artículo 44° Para la obtención de Grado de Maestro se requiere haber obtenido el Grado Académico de Bachiller, la elaboración de una tesis o trabajo de investigación con rigurosidad científica, y metodológica en la Maestría o Mención respectiva, haber aprobado los estudios de una duración mínima de dos (02) semestres académicos con un contenido mínimo de cuarenta y ocho (48) créditos y el dominio de un idioma extranjero o lengua nativa, certificado por el Centro de Idiomas de la Escuela de Posgrado. ANEXO 16 UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN ESQUEMA DEL TRABAJO ACADÉMICO (ENSAYO) TÍTULO EN LA CARÁTULA INTRODUCCIÓN ÍNDICE I. DATOS GENERALES a. Título del ensayo académico b. Línea de investigación c. Presentado por d. Fecha de inicio y Término II. 9. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Posgrado, para ratificación de Jurados, para revisión del borrador de la Tesis. 19. Historia. Administrar y custodiar el libro del registro de grados y títulos. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Posgrado, para designación de asesor, Adjuntando el proyecto de investigación (Ver anexo 7,8) Recibo de pago por derecho de asesoramiento. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Posgrado, para optar el Grado Académico de Doctor. Recibo de pago por derecho de acreditación del idioma. La inscripción del tema de investigación el interesado puede realizar después de haber aprobado la asignatura de Proyecto de Investigación Científica u otro cuyo contenido termina con la elaboración del Proyecto de Investigación. 27. Artículo 73° La Dirección de la Escuela de Posgrado es la encargada de gestionar y ejecutar los procedimientos para la entrega de títulos de segunda especialidad profesional. 30. Resolución de designación de asesor. Formato de autorización para la publicación de trabajos de investigación, en el Repositorio Institucional Constancia del registro del trabajo de investigación en el repositorio, expedido por la Unidad de Biblioteca, Ley N° 30035. Los títulos con negrita (deben estar centrados), subtítulos con negrita. Reglamento General para Reubicación de Estudiantes en la UNTRM provenientes de Universidades con Licenciamiento Denegado por SUNEDU. También pueden ser considerados profesionales reconocidos a nivel nacional o internacional con el grado respectivo. Modificatorias: Resolución 7982-CU-2022. Recibos de pagos por derecho de expedito y título. Recibo de pago por derecho de revisión del Proyecto de investigación. Resolución de nombramiento de jurados calificadores. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Posgrado, para inscripción del Tema de Tesis. El asesor designado presentará su informe de aprobación o formulación de observaciones, dentro del plazo de (07) días hábiles de recibido el expediente. 25. Universidad, el Reglamento Marco de Grados y Títulos de la Universidad Andina del Cusco y el presente Reglamento Específico y demás disposiciones complementarias. Recibo de pago por derecho de aprobación del tema de tesis o trabajo de investigación. De modo tradicional o analógico, según sea el caso. 13. 2.2. Constancia de Estadística. De modo tradicional o analógico, según sea el caso. 6. 31. 4. b) Por unanimidad. Resolución de aprobación de Tesis. Diseño de investigación. 20. Escaneado y guardado 39. Brinda información para la obtención. (Opcional). Resolución 7997-CU-2022 Resolución 7687-CU-2021. Toda la tramitación, sustentación y demás podrá realizarse de modo tradicional o analógico mientras dure el estado de emergencia sanitaria nacional que dispone el distanciamiento social. 31. Certificado de Estudios Superiores de la UNDAC o de la Universidad de Procedencia con licencia denegada, según sea el caso. CAPITULO I GEN, ÍNDICE TÍTULO I..................................................................................................................... .......... 7 DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................................ 7 CAPITULO I .................................................................................................................. ........ 7 GENERALIDADES, ALCANCE Y BASE LEGAL………………………………………….…………………………. Técnicas e instrumentos de recolección de datos. Aula Virtual; Radio Universitaria; RNSSC; 12. Recibo de pago por derecho de obtención del Grado Académico de Bachiller. Constancia de originalidad de la tesis, expedido por la Unidad de Investigación de cada Facultad. Constancia de ingreso de la universidad de origen con licencia denegada. 26. Grado Académico de Bachiller. REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO 2021 (Aprobado por Resolución N° 099-2021-CU del . Escaneado y guardado en PDF. 36. Artículo 26° En caso que no concurra el (la) aspirante a la hora de sustentación o no se vincule a la plataforma virtual en el plazo de diez (10) minutos tiene el mismo efecto de desaprobación. 14. Karín del Rosario Burga Muñoz. Artículo 78° Una vez recibido el dictamen favorable del asesor, el interesado solicitará a la Dirección de la Escuela de Posgrado, el nombramiento de jurados calificadores, acompañando de tres (03) ejemplares del ensayo. Constancia de egresado de la universidad de origen, indicando el día, mes y año de egreso, el número de créditos concluidos y el año del plan curricular desarrollado, acorde a la Ley N° 30220, expedido por la Dirección de Escuela de Formación Profesional correspondiente o la que haga sus veces. fecha 14 de junio de 2022. b. Solicitud peticionando el otorgamiento del Grado Académico de Bachiller en Educación, en el Selección, validación y confiabilidad de los instrumentos de investigación 3.9. Vicerrectorado Académico de Pregrado, sobre solicitud de modificación del Reglamento de Grados y Títulos de la Universidad. 18. 41. Solicitud dirigida al Decano de la Facultad para inscripción del Trabajo de Investigación. CAPÍTULO II DEL JURADO CALIFICADOR Artículo 17° Aprobado el borrador de tesis para el título profesional por el asesor, el aspirante solicitará el nombramiento de Jurados; adjuntando los 04 ejemplares del borrador o tesis en anillado (Ver anexos 8, 9,10 y 11); al Decano de la Facultad correspondiente, quien los designará mediante Resolución. 1.2 Delimitación de la investigación 1.3 Formulación del problema. 17. Ley N° 30035, Ley que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Accesos Abierto y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2015-PCM. Artículo 27° La sustentación será evaluada en los aspectos de dominio científico y metodológico sobre los cuales los miembros del jurado formularán las preguntas y observaciones pertinentes. Esta fase académica también podrá desarrollarse de modo virtual. 4. 36. 4. DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA: La obtención del bachiller automático, conforme a los alcances del Decreto Legislativo N° 739. que modifica el artículo 22° de la Ley N° 23733, así como la obtención del título profesional por otras modalidades, solo es aplicable para los estudiantes matriculados en la Universidad hasta antes de la entrada en vigencia de la Ley Universitaria N° 30220 y para aquellos alumnos quienes hayan iniciado sus estudios durante el periodo de tránsito en la Ley N° 30220 comprendido entre el 10 de julio del 2014 al 31 de diciembre de 2015 (Semestre 2014 II, 2015-I – 2015-II), debiéndose aplicar las normas del presente Reglamento, en lo que resulte pertinente. 17. 26. Artículo 71° El plazo máximo para la obtención del Grado de Maestro y Grado de Doctor es de (04) cuatro años, a partir de la culminación de sus estudios, pasado el tiempo el aspirante solicitará al Director de la Escuela de Posgrado, participar al curso de actualización. 46. Los diplomas de grado y título serán firmados por el Rector y el Secretario General de la Universidad; por el Decano de la Facultad de Arquitectura y por el interesado. 10 enero 2023. fmeritos. 8. 1° El presente Reglamento de Grados y Títulos norma los procedimientos para el proceso de graduación y titulación de los alumnos de cada escuela académico profesional, y del Programa de Profesionalización de la Facultad de Ciencias Agrarias, concordante con el . CARÁTULA PARA LA TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL CONTRACARÁTULA PARA TRABAJO DE INVESTIGACIÓN/TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL/PROYECTO DE INVESTIGACIÓN/TESIS CONTRACARÁTULA PARA PROYECTO DE INVESTIGACIÓN/TESIS/TRABAJO ACADÉMICO ESQUEMA DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN /PROYECTO DE INVESTIGACIÓN (TRABAJO CUANTITATIVO) ESQUEMA DE TRABAJO DE INVESTIGACIÓN /PROYECTO DE INVESTIGACIÓN (TRABAJO CUALITATIVO) ESQUEMA DE TESIS (TRABAJO CUALITATIVO) ESQUEMA DE TESIS (TRABAJO CUANTITATIVO) ESQUEMA DE TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL ESQUEMA DE TRABAJO ACADÉMICO (ENSAYO) ESQUEMA DE ARTÍCULO CIENTÍFICO. ANEXO 7 UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN ESCUELA DE POSGRADO TRABAJO ACADÉMICO (ENSAYO) Título: Centrado, en letras altas y bajas (mayúscula y minúscula) Para optar el título de segunda especialidad profesional de: Autor(res): Lic. 29. CAPÍTULO IV DE LA SUSTENTACIÓN Y OBTENCIÓN DEL DIPLOMA Artículo 64° Con el informe favorable del Jurado Calificador sobre la tesis o trabajo de investigación y demás requisitos, el graduando solicitará al Director de la Escuela de Posgrado ser declarado expedito y la fecha y hora de la sustentación, quien emitirá la Resolución correspondiente. 16. Art. TERCERA: El uso de fuentes de trabajos y publicaciones, utilizados en colaboración con otros autores, requieren necesariamente de cita expresa, a fin de dar cumplimiento con la Ley del Derecho del Autor y los lineamientos establecidos para la redacción. 2. 15. CAPÍTULO I DEL EGRESADO Art. De modo tradicional o analógico, esto último, mientras dure el estado de emergencia sanitaria que obliga al distanciamiento social. A juicio del Presidente del jurado la sustentación podrá ser suspendida si mediara causa fortuita o demostrada incapacidad del o los sustentantes. 11 TÍTULO II ................................................................................................................... ........... 8 MODALIDADES Y REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER Y TÍTULO PROFESIONAL .................................................................................... 8 CAPÍTULO I .......................................................................................................................... 8 DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER ............................................................................. 8 DEL TÍTULO PROFESIONAL ................................................................................................ 10 TÍTULO III .................................................................................................................. ......... 12 PROCEDIMIENTO Y APROBACIÓN DEL TRABAJO INVESTIGACIÓN O TESIS PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER Y TÍTULO PROFESIONAL ........................................... 12 CAPÍTULO I .................................................................................................................. ...... 12 DEL ASESOR, APROBACIÓN Y DESARROLLO DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN, PROYECTO Y TESIS ....................................................................................................................... ........ 12 CAPÍTULO II ....................................................................................................................... 13 DEL JURADO CALIFICADOR ................................................................................................ 13 CAPÍTULO III ...................................................................................................................... 14 DE LA DECLARACIÓN DE EXPEDITO Y APROBACIÓN .......................................................... 14 CAPÍTULO IV ................................................................................................................. ..... 15 DE LA SUSTENTACIÓN DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN O TESIS .................................... 15 TÍTULO IV .......................................................................................................................... 17 OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL POR TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL … 17 CAPÍTULO I ........................................................................................................................ 17 REQUISITOS, PROCEDIMIENTO Y APROBACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO PROFESIONAL POR TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL ........................................... 17 DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO Y DOCTOR ........................................................... 19 CAPÍTULO I .................................................................................................................. ......19 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE MAESTRO ..................... 19 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR ........................ 21 CAPÍTULO III ...................................................................................................................... 23 DEL PROYECTO, ASESOR Y JURADOS ................................................................................. 23 CAPÍTULO IV ...................................................................................................................... 26 DE LA SUSTENTACIÓN Y OBTENCIÓN DEL DIPLOMA ......................................................... 26 TÍTULO VI .......................................................................................................................... 28 DEL TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL ................................................... 28 CAPÍTULO I ........................................................................................................................ 28 REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL ............................................................................................................................. ............. 28 CAPÍTULO II ................................................................................................................. ...... 30 DEL TRABAJO ACADÉMICO (ENSAYO), ASESOR, JURADOS Y SUSTENTACIÓN ................... 30 TÍTULO VII ......................................................................................................................... 32 DE LA APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE Y LA EXPEDICIÓN DEL DIPLOMA DE LOS GRADOS ACADÉMICOS Y TÍTULOS PROFESIONALES ........................................................................ 32 CAPÍTULO I .................................................................................................................. ...... 32 TÍTULO VIII ................................................................................................................... ..... 33 DEL REPOSITORIO ............................................................................................................. 33 CAPÍTULO I .................................................................................................................. ...... 33 DEL REPOSITORIO, AUTORIZACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LOS TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN .......................................................................................................................................... 33 DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS ............................................................................. 34 DE LAS DISPOSICIONES FINALES ........................................................................................ 35 ANEXOS…………………………………………………………………………………………………………………………. La Oficina de Grados y Títulos se encarga de la emisión del grado académico de Bachiller y Título Profesional de sus egresados, detallándoles los requisitos y los procedimientos que deben cumplir para la obtención del grado o título respectivo, en conformidad a lo establecido en la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos . Dirección : Av. El presidente será el de mayor grado académico. Art. Escaneado y guardado en PDF.  Resolución del Consejo Directivo N° 061-2020-SUNEDU/CD que aprueba las orientaciones para a obtención del grado y/o título por egresados y bachilleres de universidades o programas con licencia denegada. Solicitud dirigida al Director de la Escuela de Posgrado, pidiendo fecha y hora de sustentación del trabajo académico (ensayo) o tesis, 2 ejemplares del ensayo. Recibo de pago por derecho de sustentación para título de segunda especialidad. 10. Ronald F. Clayton Artículo 42° El Acto de declaración de expedito, designación de jurados, la sustentación y aprobación del título profesional seguirá el procedimiento señalado en el Título III del presente reglamento. CAPÍTULO II REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO ACADÉMICO DE DOCTOR Artículo 46° Para la obtención de Grado de Doctor, se requiere haber obtenido el grado académico de Maestro, la elaboración de una tesis original, inédito de máxima rigurosidad académica, haber aprobado los estudios de una duración mínima de seis (06) semestres académicos con un contenido mínimo de sesenta y cuatro (64) créditos y el dominio de dos idiomas extranjeros, uno de los cuales puede ser sustituido por una lengua nativa. 29. DIRECTIVAS 20B. Recibo de pago por derecho de impresión del diploma. Documento aprobado mediante Junta General de Accionistas de fecha 3 de julio de 2020. . Recibo de pago por derecho de revisión del proyecto de investigación. 38. 6. 2. Reglamento del Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales – Resolución de Consejo Directivo N° 009-2015-SUNEDU-CD, y su modificación según Resolución de Consejo Directivo N° 010-2017-SUNEDU-CD Estatuto de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión. Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias D.L. 12. EXPDIENTES EN ABANDONO. Emitir la Resolución de aprobación por el Consejo Universitario, que confiere los grados académicos y títulos profesionales correspondientes. 3º. Presentar en la carpeta. 27. MARCO TEÓRICO 3.1 Antecedentes de estudio 3.2 Bases teóricas 3.3 Definición de términos 3.4 Formulación de hipótesis (Opcional) 3.4.1 Hipótesis general (Opcional) 3.4.2 Hipótesis específica (Opcional) 3.5 Identificación de variables 3.6 Definición operacional de variables e indicadores IV. 17. La sustentación de la tesis o trabajo de investigación será evaluada y calificada de forma individual y secreta por los miembros del jurado, de acuerdo con la siguiente escala de calificación: a) Sobresaliente (Cum –Laudem). Constancia de egresado, expedido por la Oficina de Registros Académicos de la Escuela de Posgrado de la UNDAC o de la Universidad de Procedencia con licencia denegada, según sea el caso, indicando el día, mes y año de egreso, el número de créditos concluidos y el año del plan curricular desarrollado, acorde a la Ley N° 30220, verificando en registro estadístico de datos del egresado.
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